Regl. 1299, art. I

Reglamento sobre el sello oficial de la Comision.

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Cite as Reglamento Núm. 1299, Art. I

El sello oficial de la Comisión se compondrá de un campo circular color azul que contendrá los siguientes símbolos: a) Dibujo alegórico de la flama eterna en color blanco, que significa la vigilancia y protección perenne de los derechos fundamentales de la ciudadanía, enmarcada en la integridad de la forma republicana de gobierno, representada por tres poderes; (tres lenguas de la llama) a saber, el legislativo, el ejecutivo y el judicial. b) El fondo azul donde descansa la flama representa el color del universo infinito y, además, la libertad del individuo y los derechos inalienables del hombre que mantienen en equilibrio a los poderes constitucionales ya descritos. c) En franja circular, alrededor del sello, aparecen en letras rojas, lo siguiente: COMISION DE DERECHOS CIVILES (del) siendo ésta la identificación oficial como organismo especializado y con carácter permanente, a tenor con su ley orgánica. El rojo simboliza la educación, investigación y orientación sobre los derechos humanos que es la sangre vital que nutre a los tres poderes del gobierno democrático. 2 - d) 1965 Este es el año de creación de la Comisión de Derechos Civiles de Puerto Rico, mediante la Ley Número 102 de 28 de junio de 1965 (1 LPRA 151 y siguientes). . e) El facsimil del sello será el siguiente: COMISION DE DENECHOS CIVILES ESTADO 1965 LIBRE ASOCIADO
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