Regl. 1299, art. I
Reglamento sobre el sello oficial de la Comision.
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Cite as Reglamento Núm. 1299, Art. I
El sello oficial de la Comisión se compondrá de un campo
circular color azul que contendrá los siguientes sÃmbolos:
a) Dibujo alegórico de la flama eterna en color blanco,
que significa la vigilancia y protección perenne de
los derechos fundamentales de la ciudadanÃa, enmarcada en la integridad de la forma republicana de gobierno, representada por tres poderes; (tres lenguas
de la llama) a saber, el legislativo, el ejecutivo y
el judicial.
b) El fondo azul donde descansa la flama representa el
color del universo infinito y, además, la libertad
del individuo y los derechos inalienables del hombre
que mantienen en equilibrio a los poderes constitucionales ya descritos.
c) En franja circular, alrededor del sello, aparecen en
letras rojas, lo siguiente:
COMISION DE DERECHOS CIVILES (del)
siendo ésta la identificación oficial como organismo
especializado y con carácter permanente, a tenor con
su ley orgánica. El rojo simboliza la educación, investigación y orientación sobre los derechos humanos
que es la sangre vital que nutre a los tres poderes
del gobierno democrático.
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d) 1965 Este es el año de creación de la Comisión de
Derechos Civiles de Puerto Rico, mediante la Ley Número
102 de 28 de junio de 1965 (1 LPRA 151 y siguientes). .
e) El facsimil del sello será el siguiente:
COMISION DE DENECHOS CIVILES
ESTADO
1965
LIBRE
ASOCIADO