Regl. 9317, art. 1-1.6
Reglas de Interpretación
Length: 109 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9317, Art. 1-1.6
A.
Las disposiciones de este Reglamento se interpretarán liberalmente a fin de permitir
a la Comisión llevar a cabo sus funciones y asegurar que se alcancen todos los
propósitos de la Ley y este Reglamento, así como que se cumplan las funciones
delegadas a la Comisión a través de su ley habilitadora, Ley 81-2019, según
enmendada.
B.
En casos especiales y por justa causa, la Comisión podrá flexibilizar o permitir
desviaciones de las disposiciones de este Reglamento cuando su estricto y literal
cumplimiento derrote sus propósitos.
C.
En caso de discrepancia entre el texto original en español del Reglamento y su
traducción al inglés, prevalecerá el texto en español.