Regl. 9317, art. 2-2.8
Derechos de licencia
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Cite as Reglamento Núm. 9317, Art. 2-2.8
A.
Los derechos que se pagarán por la solicitud inicial serán por la cantidad de $500.00
para sufragar el costo administrativo relacionado con el procesamiento de la
solicitud y los derechos de investigación de antecedentes de la empresa y las
personas de la empresa a quienes se exija cualificar. No obstante este límite de los
derechos, en circunstancias especiales que determine la Comisión, podrán cobrarse
derechos adicionales al solicitante para completar una investigación de
antecedentes conforme a las normas establecidas en este Reglamento.
B.
Los costos de investigación podrán ser requeridos durante el proceso de la
evaluación de la solicitud. Los mismos serán informados al solicitante previo a
incurrir en los mismos.
C.
Los derechos a pagar por la solicitud inicial o de renovación de licencia de empresas
de servicio serán cobrados por la Comisión.
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REGLAMENTO DE CONCURSO DE FANTASÍA DE PUERTO RICO