Regl. 9317, art. 6-6.7

Cuentas de Pruebas

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Cite as Reglamento Núm. 9317, Art. 6-6.7

Un operador puede establecer cuentas de prueba que se utilizarán para probar los diversos componentes y el funcionamiento de un Sistema de Concursos de Fantasía de conformidad con los controles internos adoptados por el operador, que, como mínimo, deben incluir todo lo siguiente: A. Los procedimientos para la emisión de fondos utilizados para las pruebas, incluyendo la identificación de quién puede emitir los fondos y la cantidad máxima de fondos que puede ser emitida; B. Los procedimientos para asignar cada cuenta de prueba para su uso por una (1) sola persona. Sin embargo, un operador puede establecer un escenario específico o una instancia de una cuenta de prueba que puede ser compartida por múltiples usuarios si las actividades de cada usuario se registran por separado; C. El mantenimiento de un registro de todas las cuentas de prueba, que incluya cuándo están activas, a quién se emiten y el empresario de la persona a la que se emiten; y D. Los procedimientos de auditoría de la actividad de pruebas por parte del operador para garantizar la responsabilidad de los fondos utilizados para las pruebas y los ajustes adecuados de los ingresos brutos ajustados. 156 REGLAMENTO DE CONCURSO DE FANTASÍA DE PUERTO RICO
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