Regl. 9423, art. 3.19
- Aplicación de las Reglas de Procedimiento Civil y de Evidencia
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Cite as Reglamento Núm. 9423, Art. 3.19
Las Reglas de Procedimiento Civil y las de Evidencia no se aplicarán a las vistas
administrativas, pero los principios fundamentales se podrán utilizar para lograr una
solución rápida, justa y económica del procedimiento y en la medida en que el
funcionario que preside la vista lo estime necesario para llevar a cabo los fines de la
justicia.