Regl. 9745, art. VII

Derogación¹

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Cite as Reglamento Núm. 9745, Art. VII

Se derogan expresamente los siguientes reglamentos: 1 Nótese que en lo que respecta a los Reglamentos Núm. 8819 y 8820, la Junta de Directores de la AAFAF aprobó el Reglamento de Personal de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal, Reglamento Núm. 9704, mediante el cual se derogan los Reglamentos Núm. 8819 y 8820. 4 BANCO GUBERNAMENTAL DE FOMENTO PARA PUERTO RICO GOBIERNO DE PUERTO RICO Reglamento Núm. 5823: Reglamento para la Venta de Deudas Contributivas: cubre requisitos de elegibilidad para comprar deudas morosas transferibles, y precio de venta. Reglamento Núm. 7597: Reglamento para la Disposición de Propiedad Mueble e Inmueble. Reglamento Núm. 8294: Reglamento de Financiamiento Municipal. Reglamento Núm 3859: Reglamento para la emisión de bonos de renta industrial. Reglamento Núm. 5507: Reglamento para la derogación de reglamentación de funcionamiento interno la autoridad para el financiamiento de facilidades industriales, turísticas, educativas, médicas y de control ambiental de Puerto Rico.
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