Regl. 9745, art. VII
Derogación¹
Length: 151 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9745, Art. VII
Se derogan expresamente los siguientes reglamentos:
1 Nótese que en lo que respecta a los Reglamentos Núm. 8819 y 8820, la Junta de
Directores de la AAFAF aprobó el Reglamento de Personal de la Autoridad de Asesoría
Financiera y Agencia Fiscal, Reglamento Núm. 9704, mediante el cual se derogan los
Reglamentos Núm. 8819 y 8820.
4
BANCO GUBERNAMENTAL DE
FOMENTO PARA PUERTO RICO
GOBIERNO DE PUERTO RICO
Reglamento Núm. 5823: Reglamento para la Venta de Deudas
Contributivas: cubre requisitos de elegibilidad para comprar deudas
morosas transferibles, y precio de venta.
Reglamento Núm. 7597: Reglamento para la Disposición de Propiedad
Mueble e Inmueble.
Reglamento Núm. 8294: Reglamento de Financiamiento Municipal.
Reglamento Núm 3859: Reglamento para la emisión de bonos de renta
industrial.
Reglamento Núm. 5507: Reglamento para la derogación de
reglamentación de funcionamiento interno la autoridad para el
financiamiento de facilidades industriales, turísticas, educativas, médicas
y de control ambiental de Puerto Rico.