Regl. 15, art. 3

Será deber de ésta Junta señalar por lo menos una vez cada año exámenes para Maestros y Oficiales Plomeros, debiéndose publicar la convocatoria para

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dichos exámenes por lo menos 60 días antes de la fecha de los exámenes. La Junta designará la fecha, la hora y el local en que se celebrarán los exámenes.
Regl. 15, art. 3: Será deber de ésta Junta señalar por lo menos una vez cada año exámenes para Maestros y Oficiales Plomeros, debiéndose publicar la convocatoria para | Justis AI