Regl. 1222
Se reaprueban las normas para grados de gandures verdes enlatados. Reglamento de Mercado Num. 5. (
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Cite as Reglamento Núm. 1222
Núm. 1222
Deci bre 27, 1968 8:50 A. M.
Secretario de Estado
Por: Gloria I. Silva de Diaz
Secretaria Auxiliar de Estado
San Juan, Puerto Rico
REENACTACION
DE LAS NORMAS PARA GRADOS DE GANDURES VERDES ENLATADOS 1/
Y DEROGACION DE LAS APROBADAS POR EL SECRETARIO DE AGRI-
CULTURA EL 11 DE DICIEMBRE DE 1958
Se reenactan las Normas para Grados de Gandures Verdes Enlatados 1/
aprobadas por el Secretario de Agricultura el 11 de diciembre de 1958,
para que se lean como sigue:
NORMAS PARA GRADOS DE GANDURES VERDES ENLATADOS 1/
Descripción del Producto
"Gandures verdes enlatados" significa el producto enlatado, preparado adecuadamente de granos verdes que no han alcanzado un grado avanzado de madurez, limpios y sanos, de la planta de gandur Cajanus Cajan
(L) Millsp., envasados en agua potable, con la adición de sal, o de sal
y azúcar, en envases hermeticamente sellados y debidamente esterilizados por medio de calor para asegurar la conservación del producto.
Grados de Calidad de Gandures Verdes Enlatados
P. R. Grado "A"
P. R. Grado "A" es la calidad de gandures verdes enlatados
que poseen caracterÃsticas similares de la variedad, buen sabor
y olor, buen medio de empaque, buen color, buena condición, que
están prácticamente libres de defectos y que reciben un total de
no menos de 90 puntos para aquellos factores que reciben puntuación numérica de acuerdo con el sistema de puntuación establecido en estas normas; Disponiéndose, que los gandures verdes enlatados podrán poseer un color razonablemente bueno, si la puntuación total no es menor de 90.
1/ Cumplir con los requisitos de estas normas no exime a persona alguna de cumplir con las disposiciones de otras leyes o reglamentos
aplicables.
2
P. R. Grado "B"
P. R. Grado "B" es la calidad de gandures verdes enlatados
que poseen caracterÃsticas similares de la variedad, buen sabor y
olor, un buen medio de empaque, color razonablemente bueno, condición razonablemente buena, que están razonablemente libres de
defectos y que reciben un total de no menos de 80 puntos para
aquellos factores que reciben puntuación numérica de acuerdo con
el sistema de puntuación establecido en estas normas; Disponiéndose,
que los gandures verdes enlatados podrán poseer un color medianamente bueno, si la puntuación total no es menor de 80.
P. R. Grado "C"
P. R. Grado "C" es la calidad de gandures verdes enlatados
que poseen buen sabor y olor, un buen medio de empaque, color medianamente bueno, condición medianamente buena, que están medianamente libres de defectos y que reciben un total de no menos de
70 puntos para aquellos factores que reciben puntuación numérica
de acuerdo con el sistema de puntuación establecido en estas normas.
Subestandar
Subestándar es la calidad de gandures verdes enlatados que no
llenan los requisitos del grado Puerto Rico "C".
Peso Escurrido Recomendado
El peso escurrido recomendado para gandures verdes enlatados no se
considera como un factor de calidad para el propósito de estas normas.
A. Peso Escurrido Recomendado Para Envases Individuales
Los gandures verdes enlatados tienen el peso escurrido recomendado si éste no es menor que lo indicado a continuación:
:
:
Peso Escurrido MÃnimo
:
:
Tamaño de la Lata
:
Recomendado
:
:
Núm. 2 (307 X 409)
:
12.5 onzas
:
:
Núm. 303 (303 X 406)
:
10.5 onzas
:
:
Núm. 1 Picnic
:
7.0 onzas
:
(211 X 400)
3
B. Peso Escurrido Recomendado Para Lotes
La determinación del peso escurrido recomendado para lotes de gandures verdes enlatados se hace promediando los pesos
escurridos de todos los envases representativos de un lote especÃfico. Un lote tiene el peso escurrido recomendado si satisface las tres disposiciones que se indican a continuación:
1. El promedio de los pesos escurridos de todos los envases de la muestra tiene el peso escurrido recomendado;
2. La mitad o más de los envases de la muestra del lote
tiene el peso escurrido recomendado; y
3. Los pesos escurridos de los envases que no tienen el
peso escurrido recomendado están dentro de los lÃmites
de variación de buenas prácticas comerciales.
Determinación del Grado
El grado de calidad de gandures verdes enlatados se determina considerando tanto factores de calidad que no reciben puntuación numérica
como factores de calidad que reciben puntuación numérica.
A. Factores de calidad que no reciben puntuación numérica:
1. "Caracteristicas similares de la variedad" significa que
los gandures verdes enlatados no varian marcadamente en
sus caracterÃsticas visibles.
2. "Buen sabor y olor" significa que el producto posee el
sabor y olor caracterÃstico de gandures verdes enlatados
y está libre de sabores y olores indeseables o extraños.
3. "Buen medio de empaque" significa un medio de empaque que
posee el color caracterÃstico de aquellos gandures verdes
enlatados que han sido preparados y elaborados adecuadamente y que no han alcanzado un grado avanzado de madurez.
Cuando los gandures enlatados posean un medio de empaque
más de medianamente viscoso, o pegajoso o parcialmente solidificado, o contenga gran cantidad de sedimento, o no
4
tenga el color caracterÃstico, los mismos serán clasificados como Subestandar.
B. Factores de calidad que reciben puntuación numérica:
La importancia relativa de cada factor de calidad que
recibe puntuación numérica se expresa en una escala de 100
puntos. La puntuación máxima que puede darsele a dichos
factores de calidad es la siguiente:
:
Factores
:
:
:
de
:
:
:
Calidad
:
Puntuacion
:
:
Color
:
20 puntos
:
:
Defectos
:
40 puntos
:
:
Condición
:
40 puntos
:
Puntuacion Total 100 puntos
:
Las variaciones esenciales que ocurren en cada factor de
calidad que recibe puntuación numérica están descritas en forma
tal que el valor para cada factor puede determinarse y expresarse numéricamente.
Los lÃmites numéricos para cada factor de calidad que recibe puntuación numérica son inclusivos, por ejemplo, de 18 a
20 puntos significa 18, 19 8 20 puntos.
COLOR
El factor "color" se refiere a la apariencia del producto
con relación a la preponderancia del pigmento verde normalmente presente en los granos de gandures verdes enlatados y a
la ausencia o presencia de gandures manchados o descoloridos,
tales como gandures color marrón, violáceo, o grisáceo, y de
gandures que carezcan definitivamente de cualquier matiz de
color verde.
1. Clasificación "A"
Los gandures verdes enlatados que poseen buen color pueden
recibir de 18 a 20 puntos. "Buen color" significa que el producto posee el color caracterÃstico de gandures verdes enlata-
5 -
dos que han sido preparados y elaborados adecuadamente.
Dicho color será razonablemente uniforme y la presencia
de gandures color marrón, violáceo, grisáceo, o con descoloramiento de cualquier Ãndole, no afectará más de ligeramente la apariencia del producto.
2. Clasificación "B"
Los gandures verdes enlatados que poseen un color razonablemente bueno pueden recibir de 16 a 17 puntos. "Un color
razonablemente bueno" significa que el producto posee, en
grado razonable, el color caracterÃstico de gandures verdes
enlatados que han sido preparados y elaborados adecuadamente.
Dicho color será razonablemente uniforme y la presencia de
gandures color marron, violáceo, grisáceo, o con descoloramiento de cualquier Ãndole, no afectará más de moderadamente
la apariencia del producto.
3. Clasificacion "C"
Los gandures verdes enlatados que poseen un color medianamente bueno pueden recibir de 14 a 15 puntos. Un color
"medianamente bueno" significa que el producto posee, en
grado medianamente bueno, el color caracteristico de gandures
verdes enlatados que han sido preparados y elaborados adecuadamente. Dicho color puede ser variable, pero la presencia
de gandures color marrón, violáceo, grisáceo, o con descoloramiento de cualquier Ãndole, no afectará seriamente la apariencia del producto.
4. Subestándar
Los gandures verdes enlatados que no llenen los requisitos
de la clasificación "C" pueden recibir de 0 a 13 puntos y se
clasificarán como Subestandar, independientemente de la puntuación total para el producto. (Esta es una regla restrictiva.)
DEFECTOS
El factor "defectos", como se usa en estas normas, se
- 6
refiere al grado de presencia O ausencia de materia vegetal
extraña e inocua, epidermis y cotiledones sueltos, granos
aplastados o rotos, granos germinados, granos con seria descoloración azulosa, y granos dañados o seriamente dañados.
1) "Materia vegetal extraña e inocua" significa:
a) Vainas O pedazos de vainas, hojas o pedazos de
éstas, tallos o cualquier otra materia vegetal de
la planta de gandur.
b) Otras materias vegetales, tales como habichuelas,
granos de café, garbanzos, etc.
2) "Cotiledon suelto" significa un cotiledón completamente desprendido del grano de gandur.
3) "Epidermis suelta" significa una epidermis de gandur, o
pedazos de epidermis que en conjunto equivalen a una
epidermis completa que por cualquier causa se ha separado de los cotiledones.
4) "Granos rotos o aplastados" significa granos de gandur
que han perdido un pedazo notable de cotiledón, O pedazos de cotiledon que en conjunto equivalen a un grano
de gandur de tamaño promedio, o granos de gandur que
están tan seriamente aplastados que han perdido su forma
original.
5) "Granos germinados" significa granos de gandur cuyo embrión ha alcanzado su etapa primaria de germinación y
la radÃcula ha brotado hacia el exterior del grano.
6) "Granos dañados" significa granos de gandur descoloridos, manchados (excepto por causas inherentes al producto), O afectados por daños de insectos, por daños
patólógicos, o por otros medios, al extremo que se afecta la apariencia O la calidad del grano.
7) "Granos seriamente dañados" significa granos de gandur
dañados a tal extremo que se afecta seriamente la apa-
7
riencia o la calidad del grano.
1. Clasificación "A"
Los gandures verdes enlatados que estén prácticamente
libres de defectos pueden recibir de 36 a 40 puntos. "Prácticamente libres de defectos" significa que el producto no
contiene más del por ciento permitido para los defectos enumerados en la tabla que sigue: Disponiendose, que los defectos no afectarán más de ligeramente la apariencia y calidad
del producto.
:
:
:
Tolerancias en la Clasificación "A"
:
:
1)
:
Materia vegetal extraña e inocua no excederá un área
:
:
:
de 1/4 de pulgada cuadrada (1/2" X 1/2") por cada 12.5
:
:
:
onzas de peso escurrido. Esta será el área total per-
:
:
:
mitida para un pedazo o conjunto de pedazos de dicha
:
:
:
materia vegetal, medida en una superficie, y será pro-
:
:
:
porcionalmente menor para envases con peso escurrido
:
:
:
de menos de 12.5 onzas, o proporcionalmente mayor para
:
:
:
envases con peso escurrido de más de 12.5 onzas.
:
:
:
Por ciento a base del
:
:
Otros defectos
:
número de unidades
:
:
2)
Epidermis sueltas
:
1%
:
:
:
3)
:
Cotiledones sueltos
:
2%
:
:
4)
:
Granos germinados
:
1%
:
:
5)
:
Granos rotos O aplastados
:
2%
:
:
6)
: Granos dañados y seriamente
:
:
dañados (no más de .5% de
:
:
granos seriamente dañados)
:
2%
:
:
7)
:
Granos con seria descolora-
:
:
ción azulosa
1%
:
:
8
2. Clasificación "B"
Los gandures enlatados que esten razonablemente libres
de defectos pueden recibir de 32 a 35 puntos. "Razonablemente libres de defectos" significa que el producto no contiene más del por ciento permitido para los defectos enumerados
en la tabla que sigue: Disponiendose, que los defectos no afectarán más de moderadamente la apariencia y la calidad del producto.
Los gandures verdes enlatados que reciban una puntuación
de 32 a 35 para el factor "defectos" no se clasificarán en
un grado más alto que el grado Puerto Rico "B", independientemente de la puntuación total para el producto. (Esta es una
regla restrictiva.)
:
:
:
Tolerancias en la Clasificación "B"
:
:
1)
:
Materia vegetal extraña e inocua no excederá un área
:
:
:
de 1/2 pulgada cuadrada (1" X 1/2") por cada 12.5 onzas
:
:
:
de peso escurrido. Esta será el área total permitida
:
:
:
para un pedazo o conjunto de pedazos de dicha materia
:
:
:
vegetal, medida en una superficie, y será proporcional-
:
:
:
mente menor para envases con peso escurrido de menos de
:
:
:
12.5 onzas, o proporcionalmente mayor para envases con
:
:
:
peso escurrido de más de 12.5 onzas.
:
:
:
Por ciento a base del
:
:
Otros defectos
:
número de unidades
:
:
2) : Epidermis sueltas
:
2%
:
:
3) : Cotiledones sueltos
:
3%
:
:
4) : Granos germinados
:
1%
:
:
5) : Granos rotos o aplastados
:
3%
:
9 -
:
:
Por ciento a base del
:
:
Otros defectos
:
número de unidades
:
:
6)
:
Granos dañados y seriamente
:
:
dañados (no más de 1% de
:
: granos seriamente dañados)
:
2%
:
:
7)
:
Granos con seria descolora-
:
:
ción azulosa
3%
:
:
:
3. Clasificación"C"
Los gandures verdes enlatados que estén medianamente libres
de defectos pueden recibir de 28 a 31 puntos. "Medianamente
libres de defectos" significa que el producto no contiene más
del por ciento permitido para los defectos enumerados en la
tabla que sigue: Disponiendose, que los defectos no afectarán
seriamente la apariencia y la calidad del producto.
Los gandures verdes enlatados que reciban una puntuación
de 28 a 31 puntos para el factor "defectos" no se clasificarán en un grado más alto que el grado Puerto Rico "C", independientemente de la puntuación total para el producto. (Esta
es una regla restrictiva.)
:
:
Tolerancias en la Clasificación "C"
:
:
:
1)
Materia vegetal extraña o inocua no excederá un área
:
:
:
:
de 1 pulgada cuadrada (1" X 1") por cada 12.5 onzas de
:
:
:
peso escurrido. Esta será el área total permitida para
:
:
:
un pedazo o conjunto de pedazos de dicha materia vegetal, :
:
:
medida en una superficie, y será proporcionalmente menor :
:
:
para envases con peso escurrido de menos de 12.5 onzas,
:
:
:
o proporcionalmente mayor para envases con peso escurri- :
:
:
do de más de 12.5 onzas.
:
10 -
:
:
Por ciento a base del
:
:
:
número de unidades
:
:
2)
:
Epidermis sueltas
:
3%
:
:
3)
:
Cotiledones sueltos
:
4%
:
:
4)
:
Granos germinados
:
1%
:
:
5)
:
Granos rotos o aplastados,
:
y granos dañados y seria-:
:
:
mente dañados (no más de :
:
1.5% de granos seria-
:
:
mente dañados)
:
5%
:
:
6)
:
Granos con seria desco-
:
loración azulosa
:
5%
:
:
:
4. Subestandar
Los gandures verdes enlatados que no llenen los requisitos
de la clasificación "C" pueden recibir de 0 a 27 puntos y se
clasificarán como Subestándar, independientemente de la puntuación total para el producto. (Esta es una regla restrictiva.)
CONDICION
El factor = condición II se refiere al grado de madurez
de los gandures y a la proporción de gandures aplastados, o
desintegrados, y de gandures con hendeduras o rupturas en la
epidermis de más de 1/16 de pulgada de ancho.
1. Clasificación "A"
Los gandures verdes enlatados que poseen buena condición
pueden recibir de 36 a 40 puntos. "Buena condición" significa que la condición del producto no está más de ligeramente
afectada por la presencia de gandures que han alcanzado un
grado avanzado de madurez y que su apariencia no está más de
ligeramente afectada por la presencia de gandures aplastados,
o desintegrados, y de gandures con hendeduras o rupturas en
la epidermis de más de 1/16 de pulgada de ancho.
2. Clasificacion "B"
Los gandures verdes enlatados que poseen una condición ra-
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clasificarán como Subestandar, independientemente de la puntuación total para el producto. (Esta es una regla restrictiva.)
TOLERANCIAS PARA LA CERTIFICACION DE LOTES
Tolerancias para certificar muestras tomadas oficialmente
Al certificar muestras que han sido tomadas oficialmente y que
representan un lote especÃfico de gandures verdes enlatados, el grado
de calidad de dicho lote se determinará obteniendo el promedio de las
puntuaciones totales de los envases que componen la muestra, si:
1) No más de una sexta parte de los envases de la muestra dejan
de reunir el grado correspondiente al promedio de las puntuaciones totales;
2) Ninguno de los envases de la muestra recibe una puntuación de
más de 4 puntos por debajo de la puntuación minima para el
grado correspondiente al promedio de las puntuaciones totales;
3) Ninguno de los envases de la muestra recibe un grado de calidad más bajo que el grado inmediatamente inferior al grado correspondiente al promedio de las puntuaciones totales;
4) La puntuación promedio de todos los envases de la muestra para
cualquier factor de calidad sujeto a reglas restrictivas, está
dentro de las fluctuaciones permitidas para dicho factor en el
grado correspondiente al promedio de las puntuaciones totales;y
5) Al momento de expedirse el certificado de inspección, el lote
llena todos los requisitos aplicables de calidad y salubridad
de la reglamentación en vigor del Departamento de Agricultura
de Puerto Rico.
Derogación
Se derogan las Normas para Grados de Gandures Verdes Enlatados
aprobadas por el Secretario de Agricultura el 11 de diciembre de 1958.
Autoridad Legal y Vigencia
Estas Normas las promulga el Secretario de Agricultura de Puerto
11
zonablemente buena recibirán de 32 a 35 puntos. "Condición razonablemente buena" significa que la condición
del producto no está más de moderadamente afectada por la
presencia de gandures que han alcanzado un grado avanzado
de madurez y que su apariencia no está más de ligeramente
afectada por la presencia de gandures aplastados, o desintegrados, y de gandures con hendeduras o rupturas en la epidermis de más de 1/16 de pulgada de ancho.
Los gandures verdes enlatados que reciban de 32 a 35 puntos
para el factor II condición = no se clasificarán en un grado
más alto que el grado Puerto Rico "B", independientemente
de la puntuación total para el producto. (Esta es una regla
restrictiva.)
3. Clasificación "C"
Los gandures verdes enlatados que poseen una condición
medianamente buena pueden recibir de 28 a 31 puntos. "Condición medianamente buena" significa que la condición del producto no está más de seriamente afectada por la presencia de
gandures que han alcanzado un grado avanzado de madurez y que
su apariencia no está más de seriamente afectada por la presencia de gandures aplastados O desintegrados y de gandures
con hendeduras o rupturas en la epidermis de más de 1/16 de
pulgada de ancho.
Los gandures verdes enlatados que reciban de 28 a 31 puntos
para el factor = condición " no se clasificarán en un grado
más alto que el grado Puerto Rico "C", independientemente de
la puntuación total para el producto. (Esta es una regla
restrictiva.)
4. Subestándar
Los gandures verdes enlatados que no llenen los requisitos
de la clasificación "C" podrán recibir de 0 a 27 puntos y se
- 13 -
Rico de acuerdo con las facultades que le confiere la Ley Núm. 241,
aprobada en 8 de mayo de 1950, según enmendada. Comenzarán a regir
transcurridos treinta (30) dÃas de su publicación en dos periódicos
de circulación general en Puerto Rico y de radicarse en la Oficina
del Secretario de Estado un original y dos copias de sus versiones
en español e inglés, de acuerdo con las disposiciones de la Ley
Núm. 112, aprobada el 30 de junio de 1957, según enmendada.
Aprobadas el dÃa)6 de diciembre de 1968, en San Juan, Puerto Rico.
Secretario Interino
- 14 - -
Hoja de Evaluación Para Gandures
Verdes Enlatados
1) Tamaño y tipo de envase
2) Rotulación de la etiqueta o litografÃa
3) Codificación del envase
:
:
:
:
:
4) VacÃo (en pulgadas)
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
5) Peso neto (en onzas)
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
6) Peso escurrido (en onzas)
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
Factores
Puntuación Numérica
:
:
:
: Promedio
:
:
:
: (A)
18-20 :
:
:
:
:
: 20 : (B)
16-17 :
:
:
:
:
Color
:
: (c) L*
14-15 :
:
:
:
:
:
: (SStd.) )L*
0-13 :
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
: (A)
36-40 :
:
:
:
:
:
: (B) L*
32-35
:
:
:
:
:
Defectos
: 40 : (c) L*
28-31 :
:
:
:
:
:
: (Sstd.)/*
0-27
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
: (A)
36-40 :
:
:
:
:
:
: (B) L*
32-35 :
:
:
:
:
Condición
: 40 : (c) L*
28-31 :
:
:
:
:
:
: (SStd.) L*
0-27
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
Puntuacion
:
:
:
:
:
:
:
total
: 100 :
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
Sabor y olor
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
Medio de empaque
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
Grado
:
:
:
:
:
:
:
L* Indica regla restrictiva
Inspector
Fecha