Regl. 5775
Resolución PUT C-40, adoptando enmiendas al Plan de Usos de Terreno del Municipio de Corozal.
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Cite as Reglamento Núm. 5775
_OBIERNO DE PUERTO RICO
OFICINA DEL GOBERNADOR
5775
JUNTA DE PLANIFICACION
Núm.
SANTURCE, PUERTO RICO
30
di
Fecha. 521998
Aprocado:
Resolución P.U.T. C-40
10 JUL 1996
Secretaria de Estado
PRIMERA EXTENSION
Por:
Secretario Auxiliar de Servicios
RESOLUCION ADOPTANDO ENMIENDA AL PLAN DE USOS DE TERRENOS
DEL MUNICIPIO DE COROZAL
POR CUANTO: La Junta de Planificación de Puerto Rico está facultada
para preparar y adoptar planes de usos de terrenos al
amparo de la Ley Núm. 75 del 24 de junio de 1975, según
enmendada;
POR CUANTO: Los planes de usos de terrenos pueden ser regionales,
urbanos, rurales, municipales y de otras escalas
geográficas;
POR CUANTO: Los planes de usos de terrenos designarán la distribución,
localización extensión e intensidad de los usos de
terrenos para propósitos urbanos, tales como: usos
residenciales, usos comerciales, usos institucionales,
usos recreativos e industriales, entre otros;
POR CUANTO: Mediante la Resolución P.U.T. . C-40 del 27 de enero de
1983, se adoptó el Plan de Usos de Terrenos del Municipio
de Corozal;
POR CUANTO: El Gobernador de Puerto Rico aprobó el Plan de Usos de
Terrenos del Municipio de Corozal el 19 de mayo de 1987;
POR
CUANTO: Se propone actualizar el concepto de la densidad a tenor
con las Políticas Públicas del Plan de Usos de Terrenos de
Puerto Rico y el ritmo de crecimiento del municipio de
Corozal. Se actualizó la Leyenda del P.U.T. de Corozal
para que lea, Mapa de Intensidad de Usos de Terrenos. Se
integra además el concepto de Desarrollo General el cual
indicará: Sector de Desarrollo General de Alta Intensidad
20 ó más familias por cuerda y hasta 400 a 600% área
bruta de piso para usos no residenciales.
Sector de Desarrollo General y Media Alta Intensidad 14
a 19 familias por cuerda y hasta 300 a 500% área bruta de
piso para usos no residenciales.
Litere a Res -
OFICINA DEL BORFRBADOR
JUNTA DE PLANIFICACION
Resolución P.U.T. C-4
Primera Extensión
Página 2
Sector de Desarrollo General de Media Intensidad 10 a 13
familias por cuerda y hasta 300 a 500% área bruta de piso
para usos no residenciales.
Sector de Desarrollo General de Baja Intensidad 1 a 5
familias por cuerda y hasta 200% área bruta de piso para
usos no residenciales;
POR CUANTO: Además se propone enmendar el componente de
infraestructura para incluir la Carretera PR-142, Nuevo
Acceso a Corozal, ubicada al norte del área urbana de
Corozal;
POR CUANTO: La Junta de Planificación presentó las mencionadas
enmiendas al Plan de Usos de Terrenos en Vista Pública el
16 de mayo de 1996; ofreciéndole a la ciudadanía amplia
oportunidad de participación en el proceso de
planificación;
POR
TANTO: La Junta de Planificación de Puerto Rico, por la presente
RESUELVE: adoptar las enmiendas a la leyenda y al
componente de infraestructura del Plan de Usos de Terrenos
de Corozal al año 2000, el cual será utilizado por los
organismos gubernamentales y por la Junta de Planificación
en la toma de decisiones y acciones sobre proyectos o
consultas privadas o públicas, en la programación de obras
públicas, así como para la zonificación del Municipio.
Adoptada en San Juan, Puerto Rico, hoy 10 de julio de 1996.
Irr P. Caballero Mercado
Norma Burgos
José R. Caballero Mercado
Presidenta
Vicepresidente
William Fiqueroa Rodriguez
Miembro Asociado
Astrid Miembro López Alterno de Victoria
CERTIFICO: Que la anterior es copia fiel y exacta del acuerdo adoptado
por la Junta de Planificación de Puerto Rico en su reunión
celebrada el 10 de julio de 1996 y para su conocimiento y
uso general expido y notifico a las partes la presente
copia bajo mi firma y sello oficial de esta Junta en San
Juan, Puerto Rico, hoy 7 NOV 1997
L.
Pm:
Luis Frías Taboas
Secretario
- Live è Puento the
OFICINA DEL BORERNADOR
JUNTA DE PLANTICACION
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
LA FORTALEZA
SAN JUAN, PUERTO RICO
Boletín Administrativo Núm. OE-1997-40
5775
ORDEN EJECUTIVA DEL GOBERNADOR DEL
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
PARA APROBAR LAS ENMIENDAS AL PLAN DE USOS DE
TERRENOS DEL MUNICIPIO DE COROZAL.
POR CUANTO:
La Junta de Planificación de Puerto Rico, a tenor con las disposiciones de la
Ley Núm. 75 de 24 de junio de 1975, según enmendada, conocida como "Ley
Orgánica de la Junta de Planificación de Puerto Rico", preparó y adoptó el
día 27 de enero de 1983, mediante la Resolución P.U.T.-C-40, el Plan de
Usos de Terrenos del Municipio de Corozal.
POR CUANTO:
Los Planes de Usos de Terrenos pueden ser regionales, urbanos, municipales
y de otras escalas geográficas.
POR CUANTO:
Los Planes de Usos de Terrenos designan la distribución, localización,
extensión e intensidad de los usos de terrenos para propósitos urbanos, tales
como: usos residenciales, comerciales, institucionales, recreativos e
industriales, entre otros.
POR CUANTO:
La Junta de Planificación celebró vistas públicas el día 16 de mayo de 1996
para considerar las recomendaciones de la ciudadanía en general y de los
organismos gubernamentales respecto a las Enmiendas al Plan de Usos de
Terrenos del Municipio de Corozal.
POR CUANTO:
La Junta de Planificación adoptó el día 10 de julio de 1996, mediante
Resolución P.U.T.-C-40, Primera Extensión, las enmiendas al componente
de infraestructura del Plan de Usos de Terrenos del Municipio de Corozal y
a la leyenda.
POR CUANTO:
Las enmiendas al componente de infraestructura del Plan de Usos de
Terrenos del Municipio de Corozal y a la leyenda, así adoptadas, servirán de
guia a los organismos gubernamentales para la toma de decisiones y acciones
2
sobre proyectos, en la preparación de obras públicas, asi como para otros
fines de interés público.
POR TANTO:
YO, PEDRO ROSSELLO, Gobernador de Puerto Rico, en virtud de los
poderes inherentes a mi cargo y de la autoridad que me ha sido conferida por
la Constitución y las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por la
presente dispongo lo siguiente:
PRIMERO:
Se aprueban las enmiendas a la leyenda y al componente de infraestructura del
Plan de Usos de Terrenos del Municipio de Corozal adoptado el 27 de enero
de 1983 mediante Resolución P.U.T.-C-40, Primera Extensión, según
adoptadas por la Junta de Planificación el dia 10 de julio de 1996.
SEGUNDO:
Esta Orden Ejecutiva tendrá vigencia inmediata.
EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido la presente bajo mi firma
y hago estampar en ella el Gran Sello del Estado Libre Asociado de
Puerto Rico, en la Ciudad de San Juan, hoy día 23 de septiembre de
LUM
1997.
Proce Roselio
SEAL COAO HER. 3101
PEDRO ROSSELLO
GOBERNADOR
Promulgada de acuerdo con la ley, hoy 23 de sept. de 1997.
Norma Burgos
Secretaria Big de Estado
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GOVIERNO 0 € PUENTORICO
OFICINA DEL GOBERNACOM
JUNTA DE PLANIFICATION
AREA DE PLANIFICACION FISICA
NEGOCIADO DE PLANES DE USOS DE TERRENOS
USOS DE TERRENOS INFRAESTRUCTURA
AREA URBANA
MUNICIPIO DE: COROZAL 5775
/
LEYENDA
ELECTRICIDAD
LINEA ELECTRICA EXISTENTE
SUBESTACION
LINEA ELECTRICA PROPUESTA
ACUEDUCTO
IDICICIO LINEA PRINCIPAL EXISTENTE
- LINEA PRINCIPAL PROPUESTA
ESTACION DE BOMBEC
TANQUE DE ALMACENAJE
ALCANTARILLADO
TRONCAL EXISTENTE
PLANTA DE TRATAMIENTO
ESTACION DE BOMBEO
VIAS
EXISTENTE PRINCIPALES
======= PROPUESTAS PRINCIPALES
2
2
NORTE
DOD :11
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