Regl. 5773

Resolución JP-97-81-MLT, adoptando el mapa oficial del Municipio de Florida, con los nuevos límites territoriales adoptados de acuerdo con la Ley 104 del 25 de agosto de 1997. (Incluye mapa)

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Cite as Reglamento Núm. 5773

úm. 5773 30de Fecha: 21998 OFICINA DEL GOBERNADOR Secretaria de Estado JUNTA DE PLANIFICACION SANTURCE, PUERTO RICO Por: Secretario Auxiliar de Servicios RESOLUCION JP-97-81-MLT ADOPTANDO EL MAPA OFICIAL DEL MUNICIPIO DE FLORIDA La Asamblea Legislativa de Puerto Rico conforme con lo dispuesto en la Sección 1 del Artículo VI de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, la cual le concede la facultad para crear, suprimir, consolidar y reorganizar municipios, modificar sus límites territoriales y determinar lo relativo a su régimen y función, aprobó legislación para modificar los límites del Municipio de Florida, la cual fue firmada por el Hon. Pedro Rosselló, Gobernador de Puerto Rico, como la Ley Núm. 104 del 25 de agosto de 1997, enmendando el Artículo 1 de la Ley Núm. 30 del 14 de junio de 1971, la cual crea el Municipio de Florida. La Junta de Planificación, por mandato de la Resolución de la Cámara Núm. 5223 de la Décimosegunda Asamblea Legislativa, sirvió como asesora principal de la Comisión de Asuntos Municipales para proponer el nuevo límite del Municipio de Florida. Bajo el Proyecto de la Cámara Núm. 223 de la Décimotercera Asamblea Legislativa, se negoció entre los municipios de Florida y Barceloneta el trazado del nuevo límite. En esta medida legislativa se adicionaron sectores de los municipios de Arecibo y Manatí que tienen sus accesos solo por el territorio del Municipio de Florida. La medida finalmente aprobada por la Asamblea Legislativa decreta que el Municipio de Florida estará integrado por el Barrio Florida Adentro y de los sectores Pajonal Norte, San Agustín, Tosas, Puerto Blanco y Riachuelo del Barrio Florida Afuera del Municipio de Barceloneta, de OFICINA DEL GOBERNADOR JUNTA DE PLANIFICACION -2- JP-97-81-MLT los sectores El Hoyo del Municipio de Arecibo y La Villamil del Municipio de Manatí. La nueva descripción es como sigue: "Partiendo del límite municipal de Barceloneta y Arecibo en el Barrio Sabana Hoyos hacia el oeste-noroeste hasta un punto al oeste del límite municipal de Barceloneta, conformando el Sector El Hoyo. De aquí en dirección general al este hasta la Quebrada Cimarrona y de aquí hacia el norte por su cauce aguas abajo y hacia el este cruzando la Carretera PR-140 y continúa hacia el nordeste y hacia el sudeste atravesando mogotes y sumideros hasta su terminación con el límite municipal de Manatí. De aquí en dirección general al sur por el límite municipal entre Barceloneta y Manatí hasta un punto al norte de la Carretera PR-641, en el Sector La Villamil del Barrio Río Arriba del Municipio de Manatí, parte hacia el sur-sudeste hasta su terminación con el límite municipal entre Barceloneta y Manatí. De aquí se sigue en dirección general al sur todo el límite municipal de Barceloneta y Manatí, hasta su punto común con el Municipio de Ciales. De aquí en dirección general sur-suroeste todo el límite municipal de Barceloneta y Ciales, hasta su punto común con el Municipio de Arecibo y de aquí al norte por el límite de Barceloneta y Arecibo hasta el punto de partida de esta descripción." La Ley Núm. 104 ordena a la Junta de Planificación notificar a las agencias estatales y federales concernidas, incluyendo los tribunales de justicia de la nueva forma y límites territoriales de los municipios de Florida, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO OFICINA DEL GOBERNADOR JUNTA DE PLANIFICACION -3- JP-97-81-MLT Barceloneta, Arecibo y Manatí. A tales efectos, se elaboró un Mapa Oficial del Municipio de Florida donde se ilustra el nuevo límite municipal para dar el debido cumplimiento al mandato de ley. Esta Junta de Planificación en conformidad con las disposiciones de las leyes Núm. 68 del 7 de mayo de 1945, Núm. 75 del 24 de junio de 1975 y Núm. 170 del 12 de agosto de 1988, según enmendadas, y por la Ley 104 del 25 de agosto de 1997, ADOPTA EL MAPA OFICIAL DEL MUNICIPIO DE FLORIDA, el cual se hace formar parte de la presente Resolución. Adoptada en San Juan, Puerto Rico hoy 21 de noviembre de 1997. Norma Burgos Presidenta Ine R. Caballeno Mercado R. Caballero Mercado William Figueroa Rodriguez Miembro Asociado Miembro Asociado Maria del C. Gordillo Pérez Miembro Alterno Certifico Adoptada hoy 21 de noviembre de 1997. Liau Luis A. Frías Taboas Secretario ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO OFICINA DEL GOBERNADOR JUNTA DE PLANIFICACION ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO LA FORTALEZA SAN JUAN, PUERTO RICO 5773 Boletin Administrativo Núm. OE-1998-03 ORDEN EJECUTIVA DEL GOBERNADOR DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO PARA APROBAR EL MAPA OFICIAL DEL MUNICIPIO DE FLORIDA. POR CUANTO: La Asamblea Legislativa, conforme a lo dispuesto en la Sección 1 del Artículo VI de la Constitución de Puerto Rico, aprobó la Ley Núm. 104 de 25 de agosto de 1997 para modificar los limites del Municipio de Florida. POR CUANTO: La Junta de Planificación de Puerto Rico, por mandato de la R.C. de la C Núm. 5223 de 30 de junio de 1996, sirvió de asesora principal de la Comisión de Asuntos Municipales para proponer los nuevos limites del Municipio de Florida. POR CUANTO: Bajo la Ley Núm. 104, antes citada, se negoció entre los Municipios d Florida y Barceloneta el trazado de los nuevos limites, los cuales incluye ahora sectores de los Municipios de Arecibo y Manati que tienen sus acceso por el Municipio de Florida. POR CUANTO: La Junta de Planificación adoptó el nuevo Mapa Oficial del Municipio ( Florida el 21 de noviembre de 1997. mediante la Resolución JP-97-81-ML POR CUANTO: El Mapa establece la composición del Municipio de Florida segi determinada por la Ley Núm. 104, antes citada, e incluye dentro de jurisdicción a los sectores Pajonal Norte, San Agustin, Tosas, Puerto Blan y Riachuelo del Municipio de Barceloneta, al sector El Hoyo del Municj de Arecibo y al sector Villamil del Municipio de Manati. POR TANTO: YO, PEDRO ROSSELLO, Gobernador de Puerto Rico, en virtud de poderes inherentes a mi cargo y de la autoridad que me ha sido conferida 2 la Constitución y las leyes de Puerto Rico, por la presente dispongo lo siguiente: PRIMERO: Se aprueba el Mapa Oficial del Municipio de Florida, según adoptado por la Junta de Planificación el 21 de noviembre de 1997, mediante la Resolución JP-97-81-MLT SEGUNDO: Esta Orden Ejecutiva tendrá vigencia inmediata. EN TESTIMONIO DE LO CUAL expido la presente bajo mi firma y hago estampar en ella el Gran Sello del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en la Ciudad de San Juan, hoy dia 2 de tehrero de 1998. GLUBA Paw Ameli 6518 PEDRO ROSSELLO GOBERNADOR Promulgada de acuerdo con la ley, hoy 2 de febrero de 1998. Norma Burgös Secretaria de Estado
Regl. 5773: Resolución JP-97-81-MLT, adoptando el mapa oficial del Municipio de Florida, con los nuevos límites territoriales adoptados de acuerdo con la Ley 104 del 25 de agosto de 1997. (Incluye mapa) | Justis AI