Regl. 5773
Resolución JP-97-81-MLT, adoptando el mapa oficial del Municipio de Florida, con los nuevos límites territoriales adoptados de acuerdo con la Ley 104 del 25 de agosto de 1997. (Incluye mapa)
Cite as Reglamento Núm. 5773
úm.
5773
30de
Fecha: 21998
OFICINA DEL GOBERNADOR
Secretaria de Estado
JUNTA DE PLANIFICACION
SANTURCE, PUERTO RICO
Por:
Secretario Auxiliar de Servicios
RESOLUCION
JP-97-81-MLT
ADOPTANDO EL MAPA OFICIAL DEL MUNICIPIO DE FLORIDA
La Asamblea Legislativa de Puerto Rico conforme con lo
dispuesto en la Sección 1 del Artículo VI de la Constitución
del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, la cual le concede
la facultad para crear, suprimir, consolidar y reorganizar
municipios, modificar sus límites territoriales y determinar
lo relativo a su régimen y función, aprobó legislación para
modificar los límites del Municipio de Florida, la cual fue
firmada por el Hon. Pedro Rosselló, Gobernador de Puerto
Rico, como la Ley Núm. 104 del 25 de agosto de 1997,
enmendando el Artículo 1 de la Ley Núm. 30 del 14 de junio de
1971, la cual crea el Municipio de Florida.
La Junta de Planificación, por mandato de la Resolución
de la Cámara Núm. 5223 de la Décimosegunda Asamblea
Legislativa, sirvió como asesora principal de la Comisión de
Asuntos Municipales para proponer el nuevo límite del
Municipio de Florida.
Bajo el Proyecto de la Cámara Núm. 223 de la
Décimotercera Asamblea Legislativa, se negoció entre los
municipios de Florida y Barceloneta el trazado del nuevo
límite. En esta medida legislativa se adicionaron sectores
de los municipios de Arecibo y Manatí que tienen sus accesos
solo por el territorio del Municipio de Florida.
La medida finalmente aprobada por la Asamblea
Legislativa decreta que el Municipio de Florida estará
integrado por el Barrio Florida Adentro y de los sectores
Pajonal Norte, San Agustín, Tosas, Puerto Blanco y Riachuelo
del Barrio Florida Afuera del Municipio de Barceloneta, de
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JUNTA DE PLANIFICACION
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los sectores El Hoyo del Municipio de Arecibo y La Villamil
del Municipio de Manatí. La nueva descripción es como sigue:
"Partiendo del límite municipal de Barceloneta y
Arecibo en el Barrio Sabana Hoyos hacia el
oeste-noroeste hasta un punto al oeste del límite
municipal de Barceloneta, conformando el Sector El
Hoyo. De aquí en dirección general al este hasta
la Quebrada Cimarrona y de aquí hacia el norte por
su cauce aguas abajo y hacia el este cruzando la
Carretera PR-140 y continúa hacia el nordeste y
hacia el sudeste atravesando mogotes y sumideros
hasta su terminación con el límite municipal de
Manatí. De aquí en dirección general al sur por el
límite municipal entre Barceloneta y Manatí hasta
un punto al norte de la Carretera PR-641, en el
Sector La Villamil del Barrio Río Arriba del
Municipio de Manatí, parte hacia el sur-sudeste
hasta su terminación con el límite municipal entre
Barceloneta y Manatí. De aquí se sigue en
dirección general al sur todo el límite municipal
de Barceloneta y Manatí, hasta su punto común con
el Municipio de Ciales. De aquí en dirección
general sur-suroeste todo el límite municipal de
Barceloneta y Ciales, hasta su punto común con el
Municipio de Arecibo y de aquí al norte por el
límite de Barceloneta y Arecibo hasta el punto de
partida de esta descripción."
La Ley Núm. 104 ordena a la Junta de Planificación
notificar a las agencias estatales y federales concernidas,
incluyendo los tribunales de justicia de la nueva forma y
límites territoriales de los municipios de Florida,
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Barceloneta, Arecibo y Manatí. A tales efectos, se elaboró
un Mapa Oficial del Municipio de Florida donde se ilustra el
nuevo límite municipal para dar el debido cumplimiento al
mandato de ley.
Esta Junta de Planificación en conformidad con las
disposiciones de las leyes Núm. 68 del 7 de mayo de 1945,
Núm. 75 del 24 de junio de 1975 y Núm. 170 del 12 de agosto
de 1988, según enmendadas, y por la Ley 104 del 25 de agosto
de 1997, ADOPTA EL MAPA OFICIAL DEL MUNICIPIO DE FLORIDA, el
cual se hace formar parte de la presente Resolución.
Adoptada en San Juan, Puerto Rico hoy 21 de noviembre de 1997.
Norma Burgos
Presidenta
Ine R. Caballeno Mercado
R. Caballero Mercado
William Figueroa Rodriguez
Miembro Asociado
Miembro Asociado
Maria del C. Gordillo Pérez
Miembro Alterno
Certifico Adoptada hoy 21 de noviembre de 1997.
Liau Luis A. Frías Taboas
Secretario
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
OFICINA DEL GOBERNADOR
JUNTA DE PLANIFICACION
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
LA FORTALEZA
SAN JUAN, PUERTO RICO
5773
Boletin Administrativo Núm. OE-1998-03
ORDEN EJECUTIVA DEL GOBERNADOR DEL
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
PARA APROBAR EL MAPA OFICIAL DEL MUNICIPIO DE
FLORIDA.
POR CUANTO:
La Asamblea Legislativa, conforme a lo dispuesto en la Sección 1 del Artículo
VI de la Constitución de Puerto Rico, aprobó la Ley Núm. 104 de 25 de
agosto de 1997 para modificar los limites del Municipio de Florida.
POR CUANTO:
La Junta de Planificación de Puerto Rico, por mandato de la R.C. de la C
Núm. 5223 de 30 de junio de 1996, sirvió de asesora principal de la Comisión
de Asuntos Municipales para proponer los nuevos limites del Municipio de
Florida.
POR CUANTO:
Bajo la Ley Núm. 104, antes citada, se negoció entre los Municipios d
Florida y Barceloneta el trazado de los nuevos limites, los cuales incluye
ahora sectores de los Municipios de Arecibo y Manati que tienen sus acceso
por el Municipio de Florida.
POR CUANTO:
La Junta de Planificación adoptó el nuevo Mapa Oficial del Municipio (
Florida el 21 de noviembre de 1997. mediante la Resolución JP-97-81-ML
POR CUANTO:
El Mapa establece la composición del Municipio de Florida segi
determinada por la Ley Núm. 104, antes citada, e incluye dentro de
jurisdicción a los sectores Pajonal Norte, San Agustin, Tosas, Puerto Blan
y Riachuelo del Municipio de Barceloneta, al sector El Hoyo del Municj
de Arecibo y al sector Villamil del Municipio de Manati.
POR TANTO:
YO, PEDRO ROSSELLO, Gobernador de Puerto Rico, en virtud de
poderes inherentes a mi cargo y de la autoridad que me ha sido conferida
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la Constitución y las leyes de Puerto Rico, por la presente dispongo lo
siguiente:
PRIMERO:
Se aprueba el Mapa Oficial del Municipio de Florida, según adoptado por la
Junta de Planificación el 21 de noviembre de 1997, mediante la Resolución
JP-97-81-MLT
SEGUNDO:
Esta Orden Ejecutiva tendrá vigencia inmediata.
EN TESTIMONIO DE LO CUAL expido la presente bajo mi firma
y hago estampar en ella el Gran Sello del Estado Libre Asociado de
Puerto Rico, en la Ciudad de San Juan, hoy dia 2 de tehrero
de 1998.
GLUBA
Paw Ameli
6518
PEDRO ROSSELLO
GOBERNADOR
Promulgada de acuerdo con la ley, hoy 2 de febrero de 1998.
Norma Burgös
Secretaria de Estado