Regl. 6583, art. 23
Enmienda al Reglamento Número 6063, Reglamento de Adquisición y Delegados Compradores. No incluido en el Índice bajo la Ley 149 12 dic 2005
Cite as Reglamento Núm. 6583, Art. 23
Junta de Subastas
A. Jurisdicción La Junta de Subastas tendrá jurisdicción para llevar a efecto
el proceso de análisis de subasta y recomendarle al Director Ejecutivo y/o
el (la) "Chief Health Care Coordinator" la adjudicación o rechazo de las
subastas para la adquisición de bienes y servicios con valor en exceso de
diez mil (10,000.00) dólares.
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