Regl. 6971
Reglamento Núm. 22, Entrega de Cheques Expedidos por el Secretario de Hacienda.
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Cite as Reglamento Núm. 6971
Area de la Contabilidad Central de Gobierno
Núm
6971
AprobadoMarisora Fecha Pont
11 MAY 2005
Secretario de Estado
Por: Maua Secretaria Auxiliar D de Dia Servicios Page
REGLAMENTO NÚMERO 22
ENTREGA DE CHEQUES EXPEDIDOS
POR EL SECRETARIO DE HACIENDA
Aprobado el 6 de mayo de 2005
Indice General
ARTICULOS
PAGINA
1
TITULO
22-00-01
2
BASE LEGAL
22-00-01
3
PROPOSITO
22-00-01
4
DISPOSICIONES ESPECIFICAS
22-00-02
5
DISPOSICIONES GENERALES
22-00-03
6
CLAUSULA DE SALVEDAD
22-00-04
7
VIGENCIA
22-00-04
Area de la Contabilidad Central de Gobierno
San Juan, Puerto Rico
REGLAMENTO NUMERO 22
ENTREGA DE CHEQUES EXPEDIDOS POR EL
SECRETARIO DE HACIENDA
TITULO
Este Reglamento se conocerá como Reglamento de Entrega de
Cheques expedidos por el Secretario de Hacienda.
BASE LEGAL
Este Reglamento se emite en virtud de las facultades conferidas al
Secretario de Hacienda en la Ley Núm. 230, del 23 de julio de 1974,
según enmendada, Ley de Contabilidad del Gobierno de Puerto Rico. La
mencionada Ley establece, entre otras cosas, la política pública del
fondos públicos y dispone de forma expresa que los reglamentos
aprobados por el Secretario en cumplimiento de dicho estatuto tienen
fuerza de Ley.
PROPOSITO
El propósito de este Reglamento es establecer el procedimiento a
seguir en la entrega de cheques emitidos por el Secretario de Hacienda.
22-00-02
DISPOSICIONES ESPECIFICAS
1.
Las agencias solicitarán al Area del Tesoro de este Departamento,
mediante el Modelo SC 726, Solicitud de Autorización a Empleados Para
Recibir Cheques (Anejo), original y dos copias, la autorización de cada
empleado recomendado por la agencia para recibir de la División de Pagaduría
de este Departamento los cheques correspondientes. Con dicho Modelo
enviarán dos fotografías 2" X 2". Deberán identificar las fotos al dorso, con el
nombre del empleado y la agencia para la cual trabaja.
2.
Se autorizarán hasta un máximo de tres personas, de modo que en
caso de ausencia o cesantía de algún empleado autorizado, lo puedan sustituir.
En cada solicitud deberán indicar los cheques que cada empleado recibirá. Este
se identificará en la División de Pagaduría donde firmará un Registro de
Cheques certificando que recibió los mismos.
3.
El Secretario de Hacienda entregará una tarjeta de identificación
firmada por él o su representante autorizado a los empleados autorizados a
recibir cheques. La tarjeta tendrá la fotografía del empleado y se le entregará a
éste con la primera copia del Modelo SC 726. La segunda copia de dicho
Modelo se enviará a la agencia que solicita dicha autorización. El original con
fotografía del empleado lo retendrá el Area del Tesoro.
4.
Cuando por alguna circunstancia, el empleado sea relevado de la
responsabilidad de recibir los cheques, el jefe de la agencia o su representante
autorizado se encargará de que el empleado devuelva su tarjeta de
22-00-03
identificación. La misma deberá enviarse al Area del Tesoro de este
Departamento.
5.
Los cheques por concepto de sueldos y pensiones se enviarán a
las agencias correspondientes. Estas no los entregarán a sus empleados o
enviarán a los pensiones antes de las fechas establecidas en la Carta Circular
que se emite para estos propósitos cada año fiscal. El empleado autorizado a la
entrega o envio de estos cheques, será responsable de que se cumpla con esta
disposición.
6. De no cumplir con la disposición anterior, el Secretario de
Hacienda le informará al Jefe de la Agencia correspondiente donde ocurra dicha
violación para que éste tome las medidas necesarias para relevar a este
funcionario de la distribución de estos cheques.
DISPOSICIONES GENERALES
1.
El despacho de los cheques expedidos por el Secretario de
Hacienda estará a cargo de la División de Pagaduría de este Departamento. El
mismo se efectuará por correo o mediante entrega personal a empleados
debidamente autorizados e identificados para estos propósitos.
2. Los cheques que se originan mediante comprobantes de
desembolsos a través del Sistema PRIFAS serán distribuídos de acuerdo al
código de disposición que aparecerá en el Modelo SC 730, Registro de
Suplidores.
22-00-04
3. Los anticipos de fondos públicos a los Oficiales Pagadores
Especiales se entregarán directamente al Pagador o empleados debidamente
autorizados e identificados en la División de Pagaduría del Área del Tesoro.
CLAUSULA DE SALVEDAD
Si cualquier Artículo, sección, parte, párrafo o cláusula de este
Reglamento fuere declarado nulo por un tribunal de jurisdicción competente, la
sentencia a tal efecto dictada no afectará ni invalidará el resto de este
reglamento y su efecto quedará limitado al Artículo, sección, parte, párrafo o
cláusula así declarada.
VIGENCIA
Este Reglamento entrará en vigor a los 30 días después de la fecha de
radicación en el Departamento de Estado y su presentación en la Biblioteca
Legislativa, de conformidad con las disposiciones de la Ley Núm. 170 de 12 de
agosto de 1988, según enmendada, denominada "Ley de Procedimiento
Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico".
Juan C. Méndez Torres
Secretario de Hacienda
Aprobado el 6 de mayo de 2005
Radicado en el Departamento de Estado el
de
de 2005.
Radicado en la Biblioteca Legislativa el
de
de 2005.
Modelo SC 726
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
Anejo
6 may 05
Regl. 22
Original - Area del Tesoro
1ra Copia Agencia
(Empleado)
2da Copia Agencia
Agencia
Acompañe con este modelo
dos (2) fotografias 2" X 2"
Dirección
Adhiera una en este
encasillado
SOLICITUD DE AUTORIZACION A
EMPLEADOS PARA RECIBIR CHEQUES
Solicito se autorice al empleado indicado a continuación a recibir cheques, expedidos por el Secretario de
Hacienda, correspondientes a esta agencia.
Nombre del funcionario o empleado
Puesto que ocupa
Oficina donde trabaja
Fecha de efectividad
Clase de autorización
de autorización
En propiedad
Sustituto
Solicito se autorice a recibir cheques por concepto de:
Indique la persona que lo sustituye:
Nombre
Oficial Pagador Especial
Nómina de Empleados
Puesto
Otros Pagos:
Cualquier Concepto
Cuando el funcionario cese sus funciones entregará el Modelo
SC 4585, Autorización para Recibir Cheques, el cual se
enviará inmediatamente al Area del Tesoro del Departamento
de Hacienda.
Fecha
Nombre y Firma del Jefe de la Agencia
o su Representante Autorizado
Incluimos el Modelo SC 4585, Autorización para Recibir Cheques, autorizando al empleado indicado en el mismo
a recibir cheques expedidos por el Secretario de Hacienda. Dicho empleado deberá presentar el referido Modelo
cada vez que solicite la entrega de cheques en la División de Pagaduría del Area del Tesoro. Bajo ninguna
circunstancia se entregarán cheques a personas que no presenten el Modelo SC 4585.
Fecha
Nombre y Firma Director, Area del Tesoro
0 su Representante Autorizado
Conservación: Seis años o una intervención del Contralor después de que el empleado haya cesado en su función de recibir cheques.