Regl. 27, art. 102
- Al tomar posesión de sus cargos, los Directores deberán prestar un juramento afirmando que cumplirán fielmente, y harán que
Cite as Reglamento Núm. 27, Art. 102
otros cumplan, can todas las disposiciones de la Ley, de la Carta Constitucional y de los Reglamentos del Banco,