Regl. 27, art. 102

- Al tomar posesión de sus cargos, los Directores deberán prestar un juramento afirmando que cumplirán fielmente, y harán que

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Cite as Reglamento Núm. 27, Art. 102

otros cumplan, can todas las disposiciones de la Ley, de la Carta Constitucional y de los Reglamentos del Banco,
Regl. 27, art. 102: - Al tomar posesión de sus cargos, los Directores deberán prestar un juramento afirmando que cumplirán fielmente, y harán que | Justis AI