Regl. 27, art. 202

- Los poderes y deberes del Gerente son los siguientes;

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Cite as Reglamento Núm. 27, Art. 202

Ostentar la representación oficial de la institución y ejercer la debida supervisión sobre todos los asuntos del Banco; será su más alta autoridad ejecutiva y además promoverá y fomentará las relaciones públicas de la institución. Tendra supervisión general sobre todos los oficiales del Ban- CO en y fuera de Puerto Rico; será responsable del fiel cumplimiento de la Carta Constitucional y del Reglamento del Banco, hará cumplir todas las resoluciones de la Junta de Directores y todos los planes de acción (policiss) de la institución, El Gerente deberá coordinar todos los planes de acción del Banco con las ramas legislativas y ejecutivas del Gobierno, El Gerente asumirá además todos aquellos deberes que le sean asignados por la Junta de Directores, y tendrá y ejercerá además todos aquellos poderes y deberes de supervision y dominio que corrientemente se confieren al Gerente de cualquier corporación, El Corente como jefe ejecutivo del Banco será responsable a la Junta del gobierno interior y manejo de los negocios del Banco. Deberá tomar parte activa en la administración diaria del Banco. El Gerente será res-- ponsable de la administración del Banco. Deberá supervisar los préstamos e inversiones, compra y venta de valores y además supervisar las operaciones generales del Banco. Podrá nombrar con la aprobación de la Junta de Directores todos los otros oficiales y empleados del Banco, fijándole sus deberes y obligaciones y sus salarios y compensaciones. En caso de ausencia del Gerente, éste designará el oficial que deba sustituirle y cuan- 6 do no pudiere hacerlo, corresponderá a la Junta nombrar un Gerente Inte- AUTICULO TERCERO AND FISCAL, BALANCES E INFORMACION
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