Regl. 27, art. 202
- Los poderes y deberes del Gerente son los siguientes;
Cite as Reglamento Núm. 27, Art. 202
Ostentar la representación oficial de la institución y ejercer la debida
supervisión sobre todos los asuntos del Banco; será su más alta autoridad
ejecutiva y además promoverá y fomentará las relaciones públicas de la
institución. Tendra supervisión general sobre todos los oficiales del Ban-
CO en y fuera de Puerto Rico; será responsable del fiel cumplimiento de la
Carta Constitucional y del Reglamento del Banco, hará cumplir todas las
resoluciones de la Junta de Directores y todos los planes de acción (policiss) de la institución,
El Gerente deberá coordinar todos los planes de acción del Banco con
las ramas legislativas y ejecutivas del Gobierno,
El Gerente asumirá además todos aquellos deberes que le sean asignados por la Junta de Directores, y tendrá y ejercerá además todos aquellos
poderes y deberes de supervision y dominio que corrientemente se confieren
al Gerente de cualquier corporación,
El Corente como jefe ejecutivo del Banco será responsable a la Junta
del gobierno interior y manejo de los negocios del Banco. Deberá tomar
parte activa en la administración diaria del Banco. El Gerente será res--
ponsable de la administración del Banco. Deberá supervisar los préstamos
e inversiones, compra y venta de valores y además supervisar las operaciones generales del Banco. Podrá nombrar con la aprobación de la Junta
de Directores todos los otros oficiales y empleados del Banco, fijándole
sus deberes y obligaciones y sus salarios y compensaciones. En caso de
ausencia del Gerente, éste designará el oficial que deba sustituirle y cuan-
6
do no pudiere hacerlo, corresponderá a la Junta nombrar un Gerente Inte-
AUTICULO TERCERO
AND FISCAL, BALANCES E INFORMACION