Regl. 7372

Actualización de las Normas de Concenso Nacional en la Norma de OSHA para la protección contra fuegos en los empleos en astilleros; Regla Final Directa. Parte 12 OSH 1915-18 (72 FR Núm. 1).

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ADMINISTRACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL DE PUERTO RICO Núm. Reglamento 7372 Fecha Rad: 1 de noviembre de 2007 Por: Francisco Secretario Secretario Auxiliar de Servicios Actualización De Las Normas De Consenso Nacional En La Norma De OSHA Para Protección Contra Incendios En Los Trabajos En Astilleros Parte 12 OSH 1915-1918 (72 FR Nóm. 1) Este documento no podrá ser copiado 0 reproducido sin la autorización escrita de esta Agencia Federal Register / Vol. 72, No. 1/ Tuesday, October 17, 2006 / Rules and Regulations Registro Federal / Vol. 72, Núm. 1 / Martes, 17 de octubre de 2006 / Reglas y Reglamentos Administración de Seguridad y Salud Ocupacional 29 CFR Parte 1915 [Archivo Núm. S-051A] RIN 1218-AC16 Actualización De Las Normas De Consenso Nacional En La Norma De OSHA Para Protección Contra Incendios En Los Trabajos En Astilleros Agencia: Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA), Departamento del Trabajo. Acción: Regla final; confirmación de la fecha de efectividad. Resumen: OSHA está confirmando la fecha de efectividad de su regla final directa para astilleros, la cual incorpora por referencia 19 normas de la Asociación Nacional de Protección contra Incendios (NFPA, por sus siglas en inglés). La regla final directa indicaba que tendría efectividad el 16 de enero de 2007, a menos que se recibieran comentarios adversos significativos en 0 antes del 16 de noviembre de 2006. No se recibió ningún comentario adverso. Por lo tanto, la regla será efectiva el 16 de enero de 2007. Fechas: La regla final directa publicada el 17 de octubre de 2006 (71 FR 60843) tiene efectividad a partir del 16 de enero de 2007. Para propósitos de revisión judicial, OSHA considera el 3 de enero de 2007 como la fecha de emisión. Para Mayor Informacion Comunicarse Con: preguntas de publicación: Kevin Ropp, OSHA Oficina de Comunicaciones, Oficina N-3647, Departamento del Trabajo de Estados Unidos, 200 Constitution Avenue, NW., Washington, DC 20210; teléfono: (202) 693-1999. Información general y técnica: Jim Maddux, Director, Oficina de lo Marítimo, Directorado de Normas y Guías, Administración de Seguridad y Salud Ocupacional, Departamento del Trabajo de Estados Unidos, Oficina N-3609, 200 Constitution Avenue, NW., Washington, DC 20210; teléfono (202) 693- 1968. Direcciones: En cumplimiento con 28 U.S.C. 2112(a), OSHA designa al Procurador Asociado para Seguridad y Salud Ocupacional como la persona que recibirá las peticiones para revisión de la norma final. El Procurador Asociado puede ser contactado en la Oficina del Procurador, Oficina S-4004, Departamento del Trabajo de Estados Unidos, 200 Constitution Avenue, NW., Washington, DC 20210, Teléfono: (202) 693-5445. Información Complementaria: Esta reglamentación final directa aplica a los trabajos en astilleros según se define en 29 CFR 1915.4. Actualiza las normas de NFPA incorporadas por referencia en la norma de protección contra incendios en astilleros (29 CFR Parte 1915, Subparte P) emitida por OSHA el 15 de 1 septiembre de 2004 mediante el reemplazo de versiones anteriores de las normas de consenso de NFPA por las versiones más recientes (ver 69 FR 55668). El 17 de octubre de 2006, OSHA publicó una regla final directa en el "Federal Register" con una declaración de que la regla entraría en vigor a menos que algún comentario adverso significativo se recibiera dentro de un período de tiempo especificado (ver 71 FR 60843). Una regla propuesta relacionada también se publicó en ese mismo entonces (ver 71 FR 60932). Tanto en la regla final directa y los avisos de regla propuesta, OSHA solicitó comentarios sobre todos los asuntos relacionados con esta acción. OSHA recibió comentarios sobre todos los asuntos relacionados con esta acción. OSHA recibió un solo comentario sobre la regla final directa, que sustentaba la reglamentación. Dado que no se recibió ningún comentario adverso, la regla final directa será efectiva el 16 de enero de 2007. Como se discutió en la regla final directa del 17 de octubre y la regla propuesta relacionada, OSHA no procederá con la regla propuesta. Autoridad y Firma: Este documento se preparó bajo la dirección de Edwin G. Foulke, Jr., Secretario Auxiliar del Trabajo para Seguridad y Salud Ocupacional, Departamento del Trabajo de Estados Unidos, 200 Constitution Avenue, NW., Washington, DC 20210. Se emitió de acuerdo a las secciones 4, 6 y 8 de la Ley de Seguridad y Salud Ocupacional de 1970 (29 U.S.C. 653, 655, 657), Orden 5-2002 del Secretario del Trabajo (67 FR 65008); y 29 CFR parte 1911. Firmado en Washington, DC, hoy 18 de diciembre de 2006. Edwin G. Foulke, Jr., Secretario Auxiliar del Trabajo [FR Doc. E6-22189 Radicado el 29-12-06; 8:45 am] BILLING CODE 4510-26-P 2
Regl. 7372: Actualización de las Normas de Concenso Nacional en la Norma de OSHA para la protección contra fuegos en los empleos en astilleros; Regla Final Directa. Parte 12 OSH 1915-18 (72 FR Núm. 1). | Justis AI