Regl. 7460, art. 22
INFORME Y RECOMENDACIÓN DEL/DE LA OFICIAL
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Cite as Reglamento Núm. 7460, Art. 22
EXAMINADOR/A
1) Luego de celebrada la vista informal, y dentro de un plazo de treinta
(30) días calendario a partir de la celebración de la misma, el/la oficial
examinador/a emitirá un informe que presentará al/a la administrador/a y
notificará al/a la juez/a administrativo/a y al/a la promovente. En dicho
informe éste/a hará constar sus determinaciones de hecho, conclusiones de
derecho, y su recomendación en cuanto a la procedencia de cualquiera de las
siguientes medidas:
(a) desestimación y archivo de la querella;
(b) amonestación al/a la juez/a administrativo/a,
(c) censura al/a la juez/a administrativo/a;
(d) suspensión temporal al/a la juez/a administrativo/a;
(e) destitución al/a la juez/a administrativo/a;
(f) cualquier otro remedio acorde con la naturaleza de la
actuación objeto de la sanción.