Regl. 7460, art. 26
CLÁUSULA DE SEPARABILIDAD
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Cite as Reglamento Núm. 7460, Art. 26
Las disposiciones de este Reglamento son separables entre sí y la
declaración por un Tribunal competente de la nulidad, invalidez o
inconstitucionalidad de uno o más artículos no afectará la validez y vigencia de
los otros. Las disposiciones restantes podrán ser aplicadas,
independientemente, de las declaradas nulas, inválidas o inconstitucionales.