Regl. 7529, art. 11-11.2 dup2
Adopción y Contenido del Plan de Retribución.
Cite as Reglamento Núm. 7529, Art. 11-11.2 dup2
1.
La agencia adoptará el sistema retributivo para sus empleados de
carrera conforme a su capacidad fiscal y con el método de valoración de puestos
seleccionado. Dicho sistema deberá proveer uniformidad, equidad y justicia en la
fijación de los sueldos de los empleados.
El Plan de retribución que la Agencia adopte estará en armonÃa con la polÃtica
pública establecida, la disposición de la Ley Núm. 184, supra, leyes estatales y
federales que rigen la fijación de salarios, este Reglamento y las normas que a estos
fines emita el Administrador(a).
2.
El Plan mantendrá una correlación entre el valor relativo que se asigne a
las clase en el respectivo Plan de Clasificación de Puestos y el valor monetario que se
asigna a éstas mediante escala de sueldos.
3.
El Plan de Retribución contendrá una estructura salarial, una lista que
indica la asignación individual de cada clase de puestos a determinada escala de
sueldo, esto es, la Asignación de Clase a Escala de Sueldo, y la determinación de la
jerarquÃa entre las clases.
4.
El Administrador es el funcionario con facultad legal para aprobar el Plan
de Retribución y la modificación subsiguientes. Previo a la aprobación del Plan de
Retribución y sus modificaciones, la Agencia someterá los mismos para autorización
fiscal de la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), según las normas que
establezca esa Oficina.
130