Regl. 7529, art. 14-14.5 dup2
Notificación al Solicitante
Cite as Reglamento Núm. 7529, Art. 14-14.5 dup2
1. Se notificará por escrito al empleado la acción tomada en el caso de su
solicitud de reingreso. En los casos de empleados cesanteados se les informará
por escrito sobre el reingreso efectuado.
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2. Al rechazar una solicitud de reingreso, la Autoridad Nominadora informará
al empleado, en su notificación, la causa o causas en que se fundamenta la
acción y el empleado podrá solicitar reconsideración de esta decisión dentro del
término de diez (10) dÃas a partir de la fecha de la notificación. Si la decisión
es confirmada, el empleado podrá apelar ante la Comisión Apelativa del
Sistemas de Administración de Recursos Humanos (CASARH) dentro del
término de treinta (30) dÃas a partir de la notificación de la decisión.