Regl. 7529, art. 6-6.1 dup2

Plan de Clasificación y Valoración de Puestos

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Cite as Reglamento Núm. 7529, Art. 6-6.1 dup2

El (la) Administrador (a) seleccionará un método de valoración de puesto y establecerá el plan de valoración para los puestos de Carrera en la Administración de la Industria y el Deporte Hípico. Asimismo, establecerá las normas y los procedimientos necesarios para la administración de dicho plan, en armonía con el plan de retribución que se establezca y los reglamentos aplicables a este último. El plan de clasificación o valoración de puestos reflejará la situación de todos los puestos en el Servicio de Carrera de la Administración de la Industria y el Deporte Hípico, a una fecha determinada, constituyendo así un inventario de los puestos autorizados en la Administración de la Industria y el Deporte Hípico, en todo momento. Para lograr que el plan de clasificación 0 valoración de puestos resulte en un instrumento de trabajo adecuado y efectivo en la administración de los recursos humanos, se mantendrá al día mediante el registro de los cambios que ocurran en los puestos, la actualización de las especificaciones de clases y las asignaciones de puestos a las clases, de forma que en todo momento el plan refleje exactamente los hechos y condiciones reales presentes. Se establecerán, por lo tanto, los mecanismos necesarios para hacer que el plan de clasificación de puestos sea susceptible, a una revisión y modificación continua de manera que constituya un instrumento de trabajo efectivo. El establecimiento, implantación y administración del plan de clasificación de puestos se hará conforme a las disposiciones que a continuación se establecen: 22
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