Regl. 7529, art. 6-6.8 dup2
Cambios de Deberes, Responsabilidades o Autoridad
Cite as Reglamento Núm. 7529, Art. 6-6.8 dup2
Cuando las circunstancias lo justifiquen se podrá cambiar los deberes,
responsabilidades o autoridad de un puesto, conforme a las siguientes normas:
1.
Todo cambio responderá a la necesidad o conveniencia de los programas
gubernamentales; ningún cambio tendrá motivación arbitraria ni propósitos
disciplinarios.
2.
Conforme a lo anterior, el (la) Administrador (a) establecerá sus propios
criterios conforme a sus particularidades.
3.
Cuando los cambios sean afines con la clasificación del puesto, los
mismos no conllevarán la reclasificación del puesto afectado.