Regl. 7529, art. 7-7.12 dup2
Normas EspecÃficas para el Reclutamiento de Trabajadores No
Cite as Reglamento Núm. 7529, Art. 7-7.12 dup2
Diestros y Semi-diestros
1.
El procedimiento especial para puestos de trabajadores no diestros o
semi-diestros consistirá de un examen de evaluación a los únicos fines de
determinar si los candidatos reúnen los requisitos mÃnimos establecidos para
las clases de puestos en las cuales habrán de ser nombrados.
2. A tales fines verificarán, de los documentos originales, que el
candidato reúna todos los requisitos mÃnimos exigidos para ocupar el puesto,
tales como preparación, experiencia, licencias, colegiación y otros
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establecidos en las convocatorias a examen. A falta de éstas se utilizarán las
normas de reclutamiento y de no existir éstas, las especificaciones de clases
emitidas por el (la) Administrador (a). De existir más de uno de los referidos
documentos se utilizará siempre el de la fecha más reciente.
3. La Administración de la Industria y el Deporte HÃpico, certificará la
verificación en cada caso en el formulario Certificación de Verificación de
Requisitos.