Regl. 7529, art. 7-7.13 dup2

Normas Específicas para Cubrir Puestos Regulares con

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Cite as Reglamento Núm. 7529, Art. 7-7.13 dup2

Carácter Probatorio La Administración de la Industria y el Deporte Hípico, llevará a cabo procedimientos especiales de reclutamiento y selección para cubrir puestos regulares con carácter probatorio siempre y cuando concurran las siguientes circunstancias: 1. Que no exista registro de elegibles apropiado. 2. Que la Administración de la Industria y el Deporte Hípico no pueda establecer el registro de elegibles en seis (6) meses. 3. Que las prioridades y urgencias del servicio justifiquen que se ofrezca el examen de inmediato al candidato o los candidatos que hubiere disponibles. 4. La Administración de la Industria y el Deporte Hípico preparará y publicará el aviso público y las convocatorias a examen. Las cuales se anunciarán en la página electrónica del gobierno. Esta incluirá la ubicación de los puestos a cubrirse, los requisitos para la clase de puesto y cualificaciones especiales requeridas si algunas. Además, se informará que el registro de elegibles que se establezca quedará cancelado tan pronto se cubra el o los puestos vacantes para los cuales se convoca a examen. 70 5. La Administración de la Industria y el Deporte Hípico administrará y calificará el examen correspondiente y notificará la calificación obtenida o inelegibilidad a los examinados. 6. Se establecerán listas de candidatos cualificados para cada clase de puesto ordenándolos en forma descendente de calificación, conforme al resultado obtenido en los exámenes. 7. La Autoridad Nominadora expedirá las certificaciones de elegibles y hará las selecciones correspondientes conforme a lo siguiente: a) Serán certificados los primeros diez (10) elegibles en orden de notas, que acepten empleo. b) Si hubiere menos de diez (10) candidatos en el registro se certificarán los nombres de los que estén disponibles. c) La selección deberá hacerse de entre los primeros diez (10) candidatos mejor cualificados que estén disponibles en la lista de elegibles. d) De haber cinco (5) candidatos que acepten nombramientos y no existan en lista candidatos adicionales, la Autoridad Nominadora deberá seleccionar entre aquellos disponibles. 8. Luego de hacer la selección de candidatos para los puestos incluidos en la autorización, la Autoridad Nominadora procederá a cancelar el registro de elegibles. Sección 7.14 Normas Específicas para Garantizar la Igualdad de Oportunidades en el Empleo a Participantes de Programas de Adiestramiento y Empleo En ocasiones se requieren por legislación federal o local compromisos de absorción total o parcial de participantes de programas de adiestramiento o empleo, 71 sean éstos sufragados con fondos estatales o federales, o una combinación de los mismos. El (la) Administrador(a) podrá cubrir puestos regulares en el servicio de carrera con participantes de programas de adiestramiento y empleo que reúnan los siguientes requisitos y condiciones: 1. Requisitos mínimos de preparación, experiencia y otros establecidos para la clase de puesto en que se efectuará el nombramiento. 2. Haber completado y aprobado satisfactoriamente la experiencia de adiestramiento y empleo. 3. Cumplir con las condiciones generales para ingreso al servicio público que se establecen en la Sección 6.3, inciso 1 de la Ley Núm. 184, supra. En estos casos el examen consistirá de una combinación de evaluación de preparación y experiencia, a los únicos fines de determinar que los candidatos reúnan los requisitos mínimos establecidos para ejercer las funciones esenciales y marginales del puesto. El (la) Administrador(a) preparará listas por clases de puestos de aquellos candidatos que hayan completado los requisitos para optar a puestos de carrera. El (la) Administrador(a) podrá seleccionar cualquier participante que figure en sus listas para cubrir cualquier puesto igual o similar al que desempeñó en el programa de adiestramientos y empleos, siempre que reúna los requisitos para desempeñar el mismo. El (la) Administrador(a), podrá utilizar listas de clases superiores para cubrir puestos de clasificación inferior siempre que los participantes reúnan los requisitos mínimos del puesto a cubrirse y la experiencia adquirida en el adiestramiento lo capacite para desempeñar el mismo. 72 El participante deberá aprobar el período probatorio asignado a la clase de puesto para el cual haya sido seleccionado.
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