Regl. 7538, art. 4 dup2
DEFINICIONES
Cite as Reglamento Núm. 7538, Art. 4 dup2
Los siguientes términos usados en este Reglamento tienen el significado que a
continuación se expresa, a menos que de su contexto se desprenda otra cosa:
1.
Adiestramiento de Corta Duración
Significa adiestramiento práctico o los estudios académicos que preparan
al empleado para el mejor desempeño de sus funciones.
2.
Administrador (a)
Es la persona nombrada por el (la) Gobernador (a) de conformidad a la
Ley Núm. 2, supra, quien ejercerá los deberes, responsabilidades,
facultades y autoridad que le sean delegados.
3.
Administrador Individual
Significa la agencia, organismo o programa cuyo personal se rige por el
principio de mérito y se administra en forma autónoma con el
asesoramiento, seguimiento y ayuda técnica de la Oficina de Recursos
Humanos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
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4.
Agencia
Significa el conjunto de funciones, cargos y puestos que constituyen
toda la jurisdicción de una autoridad nominadora, independientemente
de que se le denomine Autoridad, Departamento, las Corporaciones
Públicas, Oficina, Administración, Comisión, Junta, Tribunal o de
cualquier otra forma.
5.
Alumbramiento
Significa el acto mediante el cual la criatura concebida es expedida del
cuerpo materno por vía natural, o extraída legalmente de éste mediante
procedimientos quirúrgicos-obstétricos. Comprenderá, asimismo,
cualquier alumbramiento prematuro, el malparto o aborto involuntario,
inclusive en este último caso aquellos inducidos legalmente por
facultativos médicos, que sufriere la madre en cualquier momento
durante el embarazo.
6.
Áreas Esenciales al Principio de Mérito
Significa las áreas de clasificación de puestos, reclutamiento, selección,
ascensos, traslados, descensos, adiestramiento y retención.
7.
Ascenso
Significa el cambio de un empleado de un puesto en una clase a un
puesto en otra clase con funciones de nivel superior, cuando ocurre
entre agencias con diferentes planes de clasificación. Cuando ocurre en
la misma agencia, significa el cambio de un empleado de un puesto en
una clase a un puesto en otra clase para la cual se haya provisto un tipo
mínimo de retribución más alto.
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8. Autoridad Nominadora
Significa el (la) Administrador (a) de la Administración de la Industria y
el Deporte Hípico.
9. Becas
Ayuda monetaria que se concede a una persona que prosiga estudios
superiores en una universidad o institución reconocida con el fin de
ampliar su preparación académica, profesional O técnica.
10.
Cesantía
Separación del servicio impuesta a un empleado debido a la eliminación
de su puesto por falta de trabajo, fondos o mediante la determinación
de que está física o mentalmente incapacitado para desempeñar los
deberes de su puesto.
11.
Clase o Clases de Puesto
Significa un grupo de puestos cuyos deberes, índole de trabajo,
autoridad y responsabilidad sean de tal modo semejante que puedan
razonablemente denominarse con el mismo título.
12.
Clasificación de Puestos
Significa la agrupación sistemática de puestos en clases similares en
virtud de sus deberes y responsabilidades para darle igual tratamiento
en la administración de recursos humanos.
12.
Concepto de Clases
Significa una exposición escrita, narrativa y genérica sobre el contenido
funcional en términos de los deberes y responsabilidades representativas
de los puestos que enmarca.
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14.
Comisión Apelativa
Significa La Comisión Apelativa del Sistema de Administración de
Recursos Humanos (CASAR).
15.
Deportista
Incluirá a atletas, jueces, árbitros, técnicos de deportes, profesionales de
la salud, delegados y cualquier otra persona certificada en tal capacidad
por el Secretario de Recreación y Deportes, previa certificación local
reconocida por la Organización Internacional.
16.
Descenso
Significa el cambio de un empleado de un puesto en una clase a un
puesto en otra clase con funciones de nivel inferior, cuando ocurre entre
agencias con diferentes planes de clasificación. Cuando ocurre en la
misma agencia, significa el cambio de un empleado de un puesto en una
clase a un puesto en otra clase para la cual se haya provisto un tipo
mínimo de retribución más bajo.
17.
Descripción de Puesto
Significa una exposición escrita y narrativa sobre los deberes, autoridad
y responsabilidades que envuelve un puesto en específico y por los
cuales se responsabiliza al incumbente.
18.
Destitución
Separación total y absoluta del servicio impuesta a un empleado como
medida disciplinaria por justa causa.
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19.
Director(a)
Significa el (la) Director (a) de la Oficina de Recursos Humanos del
Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
20.
División para el Capital Humano en el Servicio Público
Significa la División para el Desarrollo del Capital Humano en el Servicio
Público, adscrita a la Oficina de Recursos Humanos del Estado Libre
Asociado de Puerto Rico.
21.
Emergencia
Enfermedad grave o terminal o un accidente que conlleve una
hospitalización prolongada que requiere tratamiento continuo bajo la
supervisión de un profesional de la salud, que sufra un empleado público
o miembro de su familia inmediata, que prácticamente imposibilite el
desempeño de las funciones del (la) empleado (a) por un periodo de
tiempo razonable.
22.
Formulación de Cargos
Acción consignada en documento mediante el cual la Autoridad
Nominadora hará saber a un empleado las violaciones incurridas
respecto a las normas de productividad, eficiencia, orden y disciplina que
deben prevalecer en el servicio público.
23.
Función Pública
Cualquier cargo, o empleo, puesto, posición 0 función en el servicio
público, ya sea en forma retribuida o gratuita, permanente o temporal,
en virtud de cualquier tipo de nombramiento, contrato o designación
para la Rama Legislativa, Ejecutiva 0 Judicial del Gobierno del Estado
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Libre Asociado de Puerto Rico, así como cualquiera de sus agencias,
departamentos, subdivisiones, instrumentalidades, corporaciones
públicas o municipios.
24.
Gobierno de Puerto Rico
Significa el Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y sus
agencias como se definen en este Reglamento.
25.
Grupo Ocupacional o Profesional
Significa una agrupación de clases y series de clases que describe
puestos comprendidos en la misma rama o actividad de trabajo.
26.
Institución
Significa cualquier organización o agencia de carácter público o privado
que ofrezca cursos de estudio o adiestramiento de naturaleza práctica,
académica, técnica o especializada.
27.
Ley
Significa la Ley Núm. 184 del 3 de agosto de 2004, según enmendada,
conocida como "Ley para la Administración de los Recursos Humanos en
el Servicio Público del Estado Libre Asociado de Puerto Rico".
28.
Licencia con Sueldo para Estudios
Significa licencia especial con sueldo que se concede a los empleados
con el fin de ampliar su preparación académica para mejorar el servicio
que prestan.
29.
Nombramiento
Significa la designación oficial de una persona para realizar
determinadas funciones.
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30. Oficina u Oficina Central
Significa la Oficina de Recursos Humanos del Estado Libre Asociado de
Puerto Rico (ORHELA).
31. Organización Local
Significa que es la entidad que a nivel del país es reconocida por la
organización internacional correspondiente para la práctica de deportes
por personas con impedimentos ajustándose a los criterios,
clasificaciones deportivas y reglas para la práctica de deporte por
personas con impedimentos y es el organismo acreditador de las
organizaciones locales.
32. Organización Internacional
Significa la entidad que establece en el ámbito internacional los criterios
y clasificaciones deportivas y reglas para la práctica de deportes por
personas con impedimentos y es el organismo que acredita a las
organizaciones locales.
33. Pago de Matrícula
Significa el pago total o parcial de los derechos de asistencia o cursos
universitarios especiales.
34. Plan de Clasificación de Puestos
Significa un sistema mediante el cual se estudian, analizan y ordenan en
forma sistemática, los diferentes puestos que integran una organización
formando clases y series de clases.
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35. Principio de Mérito
Significa el concepto de que los empleados públicos deben ser
seleccionados, ascendidos, retenidos y tratados en todo lo referente a su
empleo sobre la base de la capacidad sin discrimen por razones de
raza, color, sexo, nacimiento, edad, origen, o condición social,
impedimentos físicos o mentales ni por sus ideas políticas o religiosas.
36.
Puesto
Significa conjunto de deberes y responsabilidades asignadas o delegadas
por la Autoridad Nominadora, que requieren el empleo de una persona
durante la jornada completa de trabajo o durante una jornada parcial.
37.
Reclasificación
Significa la acción de clasificar un puesto que había sido clasificado
previamente, a un nivel superior, igual, o inferior, luego del estudio
correspondiente.
38.
Reglamento
Significa Reglamento de Personal: Áreas Esenciales al Principio de
Mérito, basado en la Ley Núm. 184 de 3 de agosto de 2004, según
enmendada.
39.
Reingreso
Significa inclusión en el registro correspondiente, para ser certificado
para empleo, del nombre de un empleado regular o de Carrera o de
Confianza, que ha renunciado al servicio o ha sido separado y es
acreedor a mantener su elegibilidad para la clase 0 clases de puestos en
las que sirvió como empleado regular.
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40. Renuncia
Significa separación total, absoluta y voluntaria de un empleado de su
puesto.
41. Serie 0 Series de Clases
Significa agrupación de clases de puestos que refleja los distintos
deberes jerárquicos de trabajo existentes.
42. Servicio Activo
Cualquier período de servicio en que el empleado esté presente
desempeñando las funciones de un puesto o vinculado al servicio
mediante la concesión de cualquier tipo de licencia con sueldo.
43. Sistema de Recursos Humanos
Significa las agencias constituidas como Administradores Individuales.
44. Suspensión de empleo pero no de sueldo
Significa suspensión temporal del servicio de un empleado, sin
menoscabo de su salario y beneficios marginales, cuando se determina
que la conducta del mismo constituye un peligro para la salud y
seguridad de empleados y propiedad de la Administración de la Industria
y el Deporte Hípico. Esta separación no deberá ser por más de diez (10)
días laborables, tiempo en que la Administración de la Industria y el
Deporte Hípico, realizará la investigación correspondiente para tomar la
acción disciplinaria que corresponda de conformidad a la Ley y
Reglamento de Medidas Disciplinarias establecido.
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45. Suspensión de Empleo y Sueldo
Significa la separación temporal del servicio impuesta a un empleado
como medida disciplinaria por justa causa.
46. Traslado
Significa el cambio de un empleado de un puesto a otro en la misma
clase o a un puesto en otra clase con funciones de nivel similar cuando
ocurre entre agencias con diferentes Planes de Clasificación de Puestos y
Retribución. Cuando ocurre en la misma agencia, significa el cambio de
un empleado de un puesto a otro en la misma clase o a un puesto en
otra clase para la cual se haya provisto el mismo tipo mínimo de
retribución.
PARTE II SERVICIO DE CONFIANZA