Regl. 7538, art. 5-5.2
- Aprobación de Puestos de Confianza
Cite as Reglamento Núm. 7538, Art. 5-5.2
1.
La Autoridad Nominadora preparará un plan que contenga los puestos
designados de confianza de la Sección 9.3, conque interese funcionar. El
número total de empleados de confianza, a tenor con la referida Sección no
excederá de treinta (30).
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2.
El (la) Director (a) de la Oficina de Gerencia y Presupuesto, podrá aprobar más
de treinta (30) puestos de confianza cuando el tamaño, complejidad u
organización de la Administración de la Industria y el Deporte HÃpico requiera
un número mayor para su funcionamiento eficiente.
En la designación de puestos de confianza, la Autoridad Nominadora hará uso
juicioso y restringido de la facultad que a esos efectos le confiere la Ley.
3.
La Administración de la Industria y el Deporte HÃpico, prepara un plan que
contengan los puestos designados de confianza con que interese funcionar.