Regl. 7538, art. 6-6.4 dup2
Agrupación de los Puestos en el Plan de Clasificación de
Cite as Reglamento Núm. 7538, Art. 6-6.4 dup2
Puestos
1.
Agrupación de puestos en clases de puestos y series de clases.
Luego de analizar la información contenida en el cuestionario relativo a los
deberes y responsabilidades de todos los puestos de confianza, se agruparán en
clases todos los puestos que sean iguales o sustancialmente similares en cuanto a la
naturaleza y complejidad de los deberes y al grado de autoridad y responsabilidades
22
asignadas a los mismos. Cada clase de puesto será designada con un tÃtulo corto,
que sea descriptivo de la naturaleza y el nivel de complejidad y responsabilidad del
trabajo requerido. Dicho tÃtulo se utilizará en el trámite de toda transacción o acción
de personal, presupuesto y finanzas, asà como en todo asunto oficial del puesto.
2.
TÃtulos Funcionales
La Autoridad Nominadora podrá designar cada puesto bajo su jurisdicción con
un tÃtulo funcional de acuerdo con sus deberes y responsabilidades o su posición
dentro de la organización, de la Agencia. Este tÃtulo funcional podrá ser utilizado para
identificación del puesto en los asuntos administrativos de personal que se tramiten
internamente. Bajo ninguna circunstancia el tÃtulo funcional sustituirá el tÃtulo oficial
en el trámite de asuntos de personal, presupuesto y finanzas.