Regl. 7538, art. 6-6.8 dup2
Asignación de las Clase de Puestos a las Escalas de Retribución
Cite as Reglamento Núm. 7538, Art. 6-6.8 dup2
1.
Las escalas de sueldos, se establecerá y mantendrá al dÃa la posición
relativa de las clases de puestos en el plan de clasificación para el
servicio de confianza de esta administración, mediante la asignación de
las clases a una escala de sueldo.
2.
La asignación de las clases de puestos a las escalas salariales se guiará por el
objetivo de proveer equidad en la fijación de sueldos.
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3.
Los tipos establecidos en las escalas de sueldo que aplican al servicio de
confianza, se utilizarán tanto para fines de reclutamiento y retención de
este personal, como para la concesión de aumentos de sueldos basado
en la calidad de los servicios prestados por los empleados.
4.
El sueldo de todo empleado deberá coincidir con uno de los tipos
retributivos de la escala a la cual está asignada la clase del puesto que
ocupa.
5.
Al extender las escalas se seguirá la misma proporción de sus tipos
retributivos.
El (la) Administrador (a) asignará inicialmente las clases que integren el Plan
de Clasificación de Puestos a las escalas de sueldos contenidas en el Plan de
Retribución vigente, a base principalmente de la jerarquÃa 0 posición relativa que se
determine para cada clase dentro del Plan de Clasificación de Puestos. Además, podrá
tomar en consideración otras condiciones, como la dificultad existente en el
reclutamiento y retención del personal para determinadas clases, cualificaciones
necesarias para el desempeño de las funciones, oportunidades de ascensos existentes
dentro del Plan de Clasificación de Puestos, sueldos prevalecientes en otros sectores
de la economÃa para la misma ocupación, condiciones especiales, aspectos relativos a
costo de vida y situación fiscal.
El (la) Administrador (a) podrá reasignar cualquier clase de puesto de una
escala de retribución a otra de las contenidas en el Plan de Retribución, cuando la
necesidad o eficiencia del servicio asà lo requiera; 0 como resultado de un estudio que
realicen con respecto a una clase de puesto, una serie de clases o un área de trabajo,
o por exigencia de una modificación que se efectúe al Plan de Clasificación de Puestos.
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Efectivo al comienzo de cada año fiscal, la Autoridad Nominadora asignará las
clases de puestos comprendidas en el Plan de Clasificación de Puestos a las escalas
contenidas en el Plan de Retribución. Dicho documento incluirá además, el número
de codificación asignado a cada clase.