Regl. 7538, art. 6-6.8 dup2

Asignación de las Clase de Puestos a las Escalas de Retribución

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Cite as Reglamento Núm. 7538, Art. 6-6.8 dup2

1. Las escalas de sueldos, se establecerá y mantendrá al día la posición relativa de las clases de puestos en el plan de clasificación para el servicio de confianza de esta administración, mediante la asignación de las clases a una escala de sueldo. 2. La asignación de las clases de puestos a las escalas salariales se guiará por el objetivo de proveer equidad en la fijación de sueldos. 26 3. Los tipos establecidos en las escalas de sueldo que aplican al servicio de confianza, se utilizarán tanto para fines de reclutamiento y retención de este personal, como para la concesión de aumentos de sueldos basado en la calidad de los servicios prestados por los empleados. 4. El sueldo de todo empleado deberá coincidir con uno de los tipos retributivos de la escala a la cual está asignada la clase del puesto que ocupa. 5. Al extender las escalas se seguirá la misma proporción de sus tipos retributivos. El (la) Administrador (a) asignará inicialmente las clases que integren el Plan de Clasificación de Puestos a las escalas de sueldos contenidas en el Plan de Retribución vigente, a base principalmente de la jerarquía 0 posición relativa que se determine para cada clase dentro del Plan de Clasificación de Puestos. Además, podrá tomar en consideración otras condiciones, como la dificultad existente en el reclutamiento y retención del personal para determinadas clases, cualificaciones necesarias para el desempeño de las funciones, oportunidades de ascensos existentes dentro del Plan de Clasificación de Puestos, sueldos prevalecientes en otros sectores de la economía para la misma ocupación, condiciones especiales, aspectos relativos a costo de vida y situación fiscal. El (la) Administrador (a) podrá reasignar cualquier clase de puesto de una escala de retribución a otra de las contenidas en el Plan de Retribución, cuando la necesidad o eficiencia del servicio así lo requiera; 0 como resultado de un estudio que realicen con respecto a una clase de puesto, una serie de clases o un área de trabajo, o por exigencia de una modificación que se efectúe al Plan de Clasificación de Puestos. 27 Efectivo al comienzo de cada año fiscal, la Autoridad Nominadora asignará las clases de puestos comprendidas en el Plan de Clasificación de Puestos a las escalas contenidas en el Plan de Retribución. Dicho documento incluirá además, el número de codificación asignado a cada clase.
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