Regl. 7538, art. 6-6.9 dup2
Clasificación y Reclasificación de Puestos
Cite as Reglamento Núm. 7538, Art. 6-6.9 dup2
1.
Clasificación Puestos de Nueva Creación
Todos los puestos se asignarán formalmente a las clases correspondientes. No
existirá ningún puesto de confianza sin clasificación, excepto aquellos que conforme a
este Reglamento no estén sujetos al Plan de Clasificación de Puestos. Bajo ninguna
circunstancia podrá persona alguna recibir nombramiento en un puesto de confianza
que no haya sido clasificado previamente, excepto aquellos que no estén sujetos al
Plan de Clasificación de Puestos.
El (la) Administrador (a) clasificará los puestos de confianza de nueva creación
autorizados dentro de una de las clases comprendidas en el Plan de Clasificación de
Puestos, conforme a las normas y criterios que se establezcan a estos efectos.
El (la) Administrador (a) establecerá los procedimientos a utilizarse en el
trámite de la clasificación de los puestos nuevos tomando en consideración las
disposiciones y procedimientos establecidos por la Oficina de Gerencia y Presupuesto
y de otras agencias que se afecten con la transacción. De igual forma, establecerá los
procedimientos a utilizarse en el trámite e implantación de la reclasificación de los
puestos.
La Administración de la Industria y el Deporte HÃpico se abstendrá de
formalizar contratos de servicios con personas en su carácter individual cuando las
condiciones y caracterÃsticas de la relación que se establezca entre patrono y
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empleado sean propias de un puesto. En estos casos se procederá a la creación del
puesto de acuerdo a las disposiciones y procedimientos establecidos para su
clasificación, según se establece en este Reglamento.
2.
Reclasificación de Puestos
Se justificará reclasificar todo puesto cuando esté presente cualquiera de las
siguientes situaciones:
a.
Clasificación Original Errónea
En esta situación no existe cambio significativo en las funciones del
puesto, pero se obtiene información adicional que permite corregir una
apreciación inicial equivocada.
b.
Modificación al Plan de Clasificación de Puestos
En esta situación no existe necesariamente cambios significativos en las
funciones de los puestos, pero en el proceso de mantener al dÃa el Plan
de Clasificación de Puestos mediante la consolidación, segregación,
alteración, creación y eliminación de clases, surge la necesidad de
cambiar la clasificación de algunos puestos.
C.
Cambio Sustancial en Deberes, Responsabilidades o Autoridad
Es un cambio deliberado y sustancial en la naturaleza o el nivel de las
funciones del puesto, que lo hace ascender o descender de jerarquÃa o lo
ubica en una clase distinta al mismo nivel.
d.
Evolución del Puesto
Es el cambio que tiene lugar con el transcurso del tiempo en los deberes,
autoridad y responsabilidad del puesto que ocasiona una transformación
del puesto original.
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El (la) Administrador (a) en el uso juicioso de su discreción
determinará si el incumbente de un puesto que sea reclasificado
permanece o no en el puesto.