Regl. 7538, art. 8-8.1

Ascensos

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Cite as Reglamento Núm. 7538, Art. 8-8.1

Ascenso significa el cambio de un empleado de un puesto en una clase a un puesto en otra clase con funciones de nivel superior, cuando ocurre entre la Administración de la Industria y el Deporte Hípico y agencias con diferentes planes de clasificación de puestos. Cuando ocurre en la misma Administración de la Industria y el Deporte Hípico, significa el cambio de un empleado de un puesto en una clase a un puesto en otra clase para la cual se haya provisto un tipo mínimo de retribución más alto. El ascenso podrá efectuarse en la misma Administración de la Industria y el Deporte Hípico, y entre ésta y otros Administradores Individuales y viceversa. 35
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