Regl. 7578, art. 10
Reglamento del Procedimiento Administrativo del Programa para el Sustento de Personas de Edad Avanzada de la Administración para el Sustento de Menores.
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Cite as Reglamento Núm. 7578, Art. 10
Solicitud de servicios
A los fines de la prestación de los servicios por parte del Programa,
se considera una solicitud de servicios:
a. Cualquier solicitud hecha por un/a alimentista por sí, por
conducto de su representante legal o tutor/a, por un/a agente del
orden público, agencia o instrumentalidad pública o privada, por
funcionario/a público/a o por cualquier persona particular
interesada en el sustento de dicha persona.
b. La solicitud de un/a alimentante que interese que se ordene que
otros/as alimentantes obligados a proveer sustento a un alimentista
cuando la/el solicitante está proveyendo para el sustento de dicho
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ascendiente e interesa nivelar O distribuir equitativamente el
cumplimiento de la obligación entre uno/a o varios/as alimentantes.