Regl. 7583, art. 11.8
En los casos en los que exista un caso en la Administración,
Length: 22 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 7583, Art. 11.8
cualquiera de las partes podrá solicitar cualquier remedio a la Administración
mediante la presentación de una petición por escrito para esos efectos.