Regl. 7583, art. 19.1

En los casos en los que la persona peticionada haya objetado la

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Cite as Reglamento Núm. 7583, Art. 19.1

notificación de la alegación de filiación y de alimentos, el juez administrativo podrá por iniciativa propia o a petición de cualquiera de las partes o del procurador auxiliar de la Administración, ordenarle a las partes someterse a exámenes genéticos.
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