Regl. 7583, art. 19.1
En los casos en los que la persona peticionada haya objetado la
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Cite as Reglamento Núm. 7583, Art. 19.1
notificación de la alegación de filiación y de alimentos, el juez administrativo
podrá por iniciativa propia o a petición de cualquiera de las partes o del
procurador auxiliar de la Administración, ordenarle a las partes someterse a
exámenes genéticos.