Regl. 7583, art. 27.3

En los casos interestatales, la Administración podrá solicitar a

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Cite as Reglamento Núm. 7583, Art. 27.3

otros estados la colaboración para realizar descubrimiento de prueba y, a solicitud de otro estado, ordenar a una parte sobre la que tiene jurisdicción, responder, al descubrimiento de prueba requerido por ese estado.
Regl. 7583, art. 27.3: En los casos interestatales, la Administración podrá solicitar a | Justis AI