Regl. 7583, art. 38.6

En los casos en los que en la Administración se reciba un reintegro

Length: 51 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7583, Art. 38.6

contributivo federal-conjunto, la distribución del mismo se realizará luego de que el Secretario del Departamento del Tesoro le notifique a la Administración que el esposo no obligado recibió la participación que le corresponde de ese reintegro o luego de que transcurra un período de seis (6) meses, lo que ocurra primero.
Regl. 7583, art. 38.6: En los casos en los que en la Administración se reciba un reintegro | Justis AI