Regl. 7583, art. 49.2
En los casos de inhibición, el juez administrativo emitirá una
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Cite as Reglamento Núm. 7583, Art. 49.2
Resolución Interlocutoria expresando los fundamentos para su inhibición, la cual
referirá al juez coordinador dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha en la
que fue emitida. El juez coordinador designará al juez administrativo que atenderá
el caso dentro de un término que no excederá de cinco (5) días, que se contará a
partir del recibo de la resolución de inhibición.