Regl. 7583, art. 55
NO COMPARECENCIA
Length: 59 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 7583, Art. 55
Si una parte debidamente notificada de un señalamiento no comparece a la vista,
el juez administrativo podrá continuar el procedimiento sin su participación. No
obstante, se le notificará por escrito la Resolución y se le advertirá del derecho a
98
solicitar reconsideración ante el juez administrativo y a presentar un recurso de
revisión judicial ante el Tribunal de Apelaciones.