Regl. 7613, art. I
Reglamento del Comité de Auditoria Interna. Radicado el 18 de noviembre de 2008, por la Administración de la Industria y el Deporte Hípico. Vigencia 30 días después de su presentación.
Cite as Reglamento Núm. 7613, Art. I
INTRODUCCIÓN
La creación de un Comité de Auditoría Interna en cualquier organización
es una herramienta de alto valor en la consecución de los objetivos y metas de la
misma. La labor de este Comité es revisar las operaciones de la Oficina de
Auditoría Interna, asimismo asistir y asesorar a la Alta Gerencia en todos los
aspectos relacionados con la función de Auditoría Interna.
La Auditoría Interna es una actividad de evaluación independiente
establecida dentro de una organización para examinar y evaluar las operaciones
financieras y la razonabilidad y efectividad de los controles internos. Dicha
función es parte integral de la Agencia y se realiza a base de las Leyes, Normas,
Reglamentos y los Procedimientos que rigen al Organismo.
La creación de este Comité estará revestida de total independencia de
criterios para evaluar, revisar y/o recomendar medidas correctivas sobre las
operaciones administrativas, financieras y de cumplimiento de la Agencia sin
estar sujetos a la intervención directa de la Alta Gerencia y/o Directores 0
Supervisores de Áreas.