Regl. 7613, art. I

Reglamento del Comité de Auditoria Interna. Radicado el 18 de noviembre de 2008, por la Administración de la Industria y el Deporte Hípico. Vigencia 30 días después de su presentación.

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Cite as Reglamento Núm. 7613, Art. I

INTRODUCCIÓN La creación de un Comité de Auditoría Interna en cualquier organización es una herramienta de alto valor en la consecución de los objetivos y metas de la misma. La labor de este Comité es revisar las operaciones de la Oficina de Auditoría Interna, asimismo asistir y asesorar a la Alta Gerencia en todos los aspectos relacionados con la función de Auditoría Interna. La Auditoría Interna es una actividad de evaluación independiente establecida dentro de una organización para examinar y evaluar las operaciones financieras y la razonabilidad y efectividad de los controles internos. Dicha función es parte integral de la Agencia y se realiza a base de las Leyes, Normas, Reglamentos y los Procedimientos que rigen al Organismo. La creación de este Comité estará revestida de total independencia de criterios para evaluar, revisar y/o recomendar medidas correctivas sobre las operaciones administrativas, financieras y de cumplimiento de la Agencia sin estar sujetos a la intervención directa de la Alta Gerencia y/o Directores 0 Supervisores de Áreas.
Regl. 7613, art. I: Reglamento del Comité de Auditoria Interna. Radicado el 18 de noviembre de 2008, por la Administración de la Industria y el Deporte Hípico. Vigencia 30 días después de su presentación. | Justis AI