Regl. 7613, art. IX

ESTRUCTURA DEL COMITÉ

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Cite as Reglamento Núm. 7613, Art. IX

1. La estructura del Comité será como sigue: a. Presidente (miembro en propiedad) b. Miembro (miembro en propiedad) C. Representante del Departamento de Desarrollo Económico d. Coordinador (Director de Auditoría Interna) 2. Participaciones de cada miembro y coordinador del Comité: 8 305 a. Presidente - Es el primer y principal receptor de los Informes de Auditoría, será el enlace entre el Comité y la Alta Gerencia, evaluará la necesidad de que el Coordinador del Comité participe en las decisiones del mismo. El presidente del Comité es la más alta autoridad del mismo. b. Miembro Su participación en el Comité tiene como propósito fomentar la interacción y provocar afinidad en las operaciones en conjunto. C. Representante del Departamento de Desarrollo Económico El Comité debe apoyarse en la búsqueda de independencia y objetividad en los juicios y opiniones que éstos emitan. d. Coordinador - Tiene la responsabilidad de coordinar los esfuerzos y trabajos del Comité. Dentro de la estructura de organización es el elemento idóneo para ejercer una coordinación de acuerdo a las características operativas y administrativas que gobiernan el Comité. El coordinador no podrá emitir opiniones ni juicios en las decisiones del Comité, sin embargo podrá asesorar a éste en áreas de auditoría y controles internos.
Regl. 7613, art. IX: ESTRUCTURA DEL COMITÉ | Justis AI