Regl. 7613, art. XV
CLÁUSULA TRANSITORIA
Cite as Reglamento Núm. 7613, Art. XV
Con la aprobación de este Reglamento se entiende que no limitará el
desempeño de la Oficina de Auditoría Interna ni de su responsabilidad de
examinar y evaluar las actividades operacionales de la Agencia.
19
305