Regl. 8011
Reglamento para la Operación del Centro de Lactancia del Sistema de Retiro para Maestros del Gobierno de Puerto Rico.
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Cite as Reglamento Núm. 8011
SISTEMA DE RETIRO PARA MAESTROS
8011
Fecha:
1 de abril de 2011
Secretario de Estado
Por:
Eduardo Arosemena Muñoz
Secretario Auxiliar de Servicios
DEROGACIÓN AL REGLAMENTO 7058 PARA LA
OPERACIÓN DEL CENTRO DE LACTANCIA DEL
SISTEMA DE RETIRO PARA MAESTROS
2011
DEROGACIÓN AL REGLAMENTO 7058 PARA LA OPERACIÓN DEL
CENTRO DE LACTANCIA DEL SISTEMA DE RETIRO PARA MAESTROS
I.
BASE LEGAL
3
II.
APLICABILIDAD
3
III.
VALIDEZ EN CASO DE DECLARACION DE
INCONSTITUCIONALIDAD
3
XII. ENMIENDAS
3
XIII. VIGENCIA
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DEROGACIÓN AL REGLAMENTO 7058 PARA LA OPERACIÓN DEL
CENTRO DE LACTANCIA DEL SISTEMA DE RETIRO PARA MAESTROS
I.
Base Legal
Este Reglamento se realiza conforme a la Ley Núm. 91 de 27 de marzo de 2004, según
enmendada y Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada.
II.
Aplicabilidad
El Sistema de Retiro para Maestros (SRM) aprobó el Reglamento Núm. 7058 Para la
Operación del Centro de Lactancia, radicado el 21 de noviembre de 2005. Posteriormente
el SRM aprobó un nuevo Reglamento de Personal Núm. 7566, en donde se dispuso todo
lo referente a la lactancia al amparo de la Ley Núm. 427 de 16 de diciembre de 2000 y la
Ley Núm. 155 del 10 agosto de 2002. Esto surge del Reglamento de Personal, ArtÃculo
13 Beneficios Marginales; Inciso 13.2 Licencias con Sueldo, Número 4.
En consideración a lo anterior, existe una duplicidad de reglamentación en la materia, por
lo que se deroga el Reglamento Núm. 7058 para la Operación del Centro de Lactancia.
III. Validez en caso de Declaración de Inconstitucionalidad
La declaración de inconstitucionalidad o nulidad de cualquiera de estas reglas o parte de
ellas, no afectará la validez de las reglas restantes.
VI. Enmiendas
El Reglamento 7058 queda derogado y las disposiciones relativas al Reglamento de
Lactancia del Sistema de Retiro para Maestros quedan vigentes según establecidas en el
Reglamento de Personal del Sistema de Retiro para Maestros, Núm. 7566.
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V. Vigencia
La derogación del Reglamento Núm. 7058 Para la Operación del Centro de Lactancia,
entrará en vigor tan pronto como sea aprobado por el Departamento de Estado de Puerto
Rico, de conformidad con la Ley Número 170 de 12 de agosto de 1988, según
enmendada.
Aprobado por la Junta de SÃndicos el 17 de noviembre de 2010 en San Juan, Puerto Rico.
Jean in
Jesús F. Méndez RodrÃguez
Hector Ground Manuel Mayol Kauffmann
Presidente - Junta de SÃndicos
Director Ejecutivo
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