Regl. 8246, art. 9-25
INFORME DE RECOMENDACION DEL/DE LA OFICIAL EXAMINADOR/A
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Cite as Reglamento Núm. 8246, Art. 9-25
Luego de celebrada la vista informal, y dentro de un plazo de treinta (30) días calendario
a partir de la celebración de la misma, el/la oficial examinador/a emitirá un informe que
presentará al/a la administrador/a y notificará al/a la juez administrativo/a y al/a la
promovente o sus representantes legales. En dicho informe éste/a hará constar sus
determinaciones de hecho, conclusiones de derecho, y su recomendación en cuanto a la
procedencia de cualquiera de las siguientes medidas:
1.
desestimación y archivo de la querella;
2. amonestación al/ a la juez/a administrativo/a;
3.
censura al/ a la juez/a administrativo/a;
4.
suspensión temporal al/a la juez/a administrativo/a;
5.
destitución al/ a la juez/a administrativo/a;
6.
cualquier otro remedio acorde con la naturaleza de la actuación objeto de la
sanción.
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