Regl. 8246, art. 9-25

INFORME DE RECOMENDACION DEL/DE LA OFICIAL EXAMINADOR/A

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Cite as Reglamento Núm. 8246, Art. 9-25

Luego de celebrada la vista informal, y dentro de un plazo de treinta (30) días calendario a partir de la celebración de la misma, el/la oficial examinador/a emitirá un informe que presentará al/a la administrador/a y notificará al/a la juez administrativo/a y al/a la promovente o sus representantes legales. En dicho informe éste/a hará constar sus determinaciones de hecho, conclusiones de derecho, y su recomendación en cuanto a la procedencia de cualquiera de las siguientes medidas: 1. desestimación y archivo de la querella; 2. amonestación al/ a la juez/a administrativo/a; 3. censura al/ a la juez/a administrativo/a; 4. suspensión temporal al/a la juez/a administrativo/a; 5. destitución al/ a la juez/a administrativo/a; 6. cualquier otro remedio acorde con la naturaleza de la actuación objeto de la sanción. 23
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