Regl. 8246, art. 9-28

CUMPLIMIENTO DE TERMINOS

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Cite as Reglamento Núm. 8246, Art. 9-28

Los términos dispuestos en este Reglamento son de estricto cumplimiento, y solo pueden ser prorrogados mediante solicitud escrita, presentada por cualquier parte dentro del término cuya prórroga solicita y mostrando razones que la justifiquen.
Regl. 8246, art. 9-28: CUMPLIMIENTO DE TERMINOS | Justis AI