Regl. 8264
Mapa Oficial Municipios de Yauco y Guayanilla, Radicado por la Junta de Planificación.
Length: 1,377 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8264
8264
Fecha:
9 de octubre de 2012
Aprobado Hon. Kenneth D. McClintock
Secretario de Estado
Por:
Eduardo Arosemena Muñoz
Secretario Auxiliar de Servicios
LA FORTALEZA
SAN JUAN, PUERTO RICO
Boletín Administrativo Núm. OE-2012-46
ORDEN EJECUTIVA DEL GOBERNADOR DEL GOBIERNO DE PUERTO RICO
PARA APROBAR EL MAPA OFICIAL DEL MUNICIPIO DE YAUCO
POR CUANTO:
La Constitución de Puerto Rico, en su Artículo VI, Sección I,
confiere a la Asamblea Legislativa la facultad para crear, suprimir,
consolidar y reorganizar los municipios, modificar sus límites
territoriales y determinar lo relativo a su régimen y función.
POR CUANTO:
La Ley Núm. 90-2010 (Ley 90) modificó los limites territoriales del
Municipio de Yauco para incluir dentro de su jurisdicción al sector
La Cruz, el cual dejó de formar parte del Municipio de Guayanilla.
POR CUANTO:
La Sección 2 de Ley 90 ordena a la Junta de Planificación, en
conjunto con los Municipios de Yauco y Guayanilla, a preparar un
mapa delimitando los nuevos límites territoriales para ambos
municipios, asegurando que solamente se traslade al Municipio de
Yauco el Sector La Cruz.
POR CUANTO:
La Junta de Planificación, de conformidad con las disposiciones de
la Ley Núm. 68 de 7 de mayo de 1945; la Ley núm. 75 de 24 de
junio de 1975; la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según
enmendadas y la Ley 90, adoptó el nuevo Mapa Oficial del
Municipio de Yauco el día 6 de septiembre, mediante la Resolución
JP-2012-61-MTL.
POR TANTO:
YO, LUIS G. FORTUÑO, Gobernador de Puerto Rico, en virtud de
los poderes que me confieren la Constitución y las leyes de Puerto
Rico, por la presente decreto y ordeno lo siguiente:
SECCIÓN 1ra.
Se aprueba el Mapa Oficial del Municipio de Yauco, según
adoptado por la Junta de Planificación el día 6 de septiembre de
2012, mediante la Resolución Núm. JP-2012-61-MTL y firmo dos
(2) copias adicionales del mismo para entregar a la Junta de
Planificación y al Municipio de Yauco.
SECCIÓN 2da.
NO CREACIÓN DE DERECHOS EXIGIBLES. Esta Orden
Ejecutiva no tiene como propósito crear derechos sustantivos o
procesales a favor de terceros, exigibles ante foros judiciales,
administrativos o de cualquier otra indole, contra el Gobierno de
Puerto Rico o sus agencias, sus oficiales, empleados 0 cualquiera
otra persona.
SECCIÓN 3ra.
DEROGACIÓN. Esta Orden Ejecutiva deja sin efecto cualquier
otra orden ejecutiva que en todo 0 en parte sea incompatible con
ésta, hasta donde existiera tal incompatibilidad.
SECCIÓN 4ta.
VIGENCIA. Esta Orden Ejecutiva entrará en vigor inmediatamente.
SECCIÓN 5ta.
PUBLICACIÓN. Esta Orden Ejecutiva debe ser presentada
inmediatamente en el Departamento de Estado y se ordena su más
amplia publicación.
EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido la presente
Orden Ejecutiva bajo mi firma y hago estampar el
gran sello del Gobierno de Puerto Rico, en La
Fortaleza, San Juan, Puerto Rico, hoy 7 de
BIRTH Were may E
septiembre de 2012.
GOBERNADOR
Promulgada de conformidad con la ley, hoy día 10 de septiembre de 2012.
Junetz KENNETH McCLINTOCK D HERNANDEZ
SECRETARIO DE ESTADO
JGF
GOBIERNO DE PUERTO RICO
OFICINA DEL GOBERNADOR
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
SAN JUAN, PUERTO RICO
6 de septiembre de 2012
RESOLUCIÓN NÚM. JP-2012-60-MLT
ENMENDANDO EL MAPA OFICIAL DEL MUNICIPIO DE YAUCO PARA INCLUIR DENTRO DE SU
JURISDICCIÓN AL SECTOR LA CRUZ DEL MUNICIPIO DE GUAYANILLA
POR CUANTO:
La sección 1 del Artículo VI de la Constitución de Puerto Rico concede a la Asamblea
Legislativa la facultad para crear, suprimir, consolidar y reorganizar los municipios, modificar
sus límites territoriales y determinar lo relativo a su régimen y función.
POR CUANTO:
La Asamblea Legislativa aprobó legislación para modificar los límites territoriales del
Municipio de Yauco, la cual fue firmada por el Gobernador, como la Ley Número 90 del 20 de
julio de 2010.
POR CUANTO:
La Ley Número 90 del 20 de julio de 2010, en su Artículo 1 expone: Los límites territoriales
del Municipal de Yauco se extienden por el norte con los Municipios de Maricao, Lares y
Adjuntas; por el sur con el Mar Caribe, por el este con Guayanilla; y por el oeste con Guánica
y Sabana Grande. En su limite por el este, se ordena a la Junta de Planificación añadir a la
comunidad Sector La Cruz.
POR CUANTO:
Dos porciones de los barrios Quebrada Arriba y Consejo pertenecientes a Guayanilla se
traspasan al Barrio Jácanas de Yauco. Dentro de los limites del Municipio de Yauco una
porción de su Barrio Quebradas se incluye en el Barrio Jácanas. Todo el Sector La Cruz
pasa a pertenecer al Barrio Jácanas jurisdicción de Yauco.
POR CUANTO:
Se elaboró un Mapa Oficial del Municipio de Yauco donde se ilustra el nuevo límite municipal
a los efectos de incluir dentro de su jurisdicción al sector La Cruz del Municipio de Guayanilla
para dar el debido cumplimiento al mandato de ley.
POR TANTO:
Esta Junta de Planificación en conformidad con las disposiciones de las leyes Núm. 68 del 7
de mayo de 1945, Núm. 75 del 24 de junio de 1975 y Núm. 170 del 12 de agosto de 1988,
según enmendadas, ADOPTA el Mapa Oficial del Municipio de Yauco, el cual se hace formar
parte de la presente Resolución.
RUBÉN FLORES MARZÁN
Presidente
Excusado
MARIA PEREZ
MANUEL CARDONA MARTÍNEZ
Vicepresidenta
Miembro Asociado
Excusado
LESLIE ROSADO SÁNCHEZ
EDGAR /EBRONRIVERA
Miembro Asociado
Miembro Alterno
CERTIFICO: Que la anterior Resolución es copia fiel y exacta del acuerdo adoptado por la Junta de Planificación
de Puerto Rico, en su reunión celebrada el 6 de septiembre de 2012, y para su conocimiento y uso personal
expido y notifico a las partes la presente copia bajo mi firma y sello oficial de esta Junta en San Juan, Puerto
Rico,
hoy
12 SEP 2012
Certifico que use
#S copia fiel y exactr
sel documento original
DIDA SOTO NOGUERAS
y para que así conste
Secretaria
firma la presente En
GOBIERNO DE PUERTO RICC
San Joan Puerto Rice
OFICINA DEL GOBERNADOR
JUNTA DE PLANIFICACION
12 SEP 2012
Secretaria
GOBIERNO DE PUERTO RICC
OFICINA DEL GOBERNADOR
JUNTA DE PLANIFICACION
0
Lares
VISION
Goblerno de Puerto Rico
@
H
Oficina del Gobernador
4
111
Junta de Planificación
Maricao
4
Programa de Planificación Física
@
COMUNIDAD
B
Subprograma de Planes de Usos de Terrenos
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Adjuntas
Rio Priete
Mapa Oficial
B
Municipio de Yauco
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@
CONFORME CON LO DISPUESTO EN LA SECCIÓN DEL ARTÍCULO VIDE LA
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CONSTITUCCIÓN DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, QUE LE
CONCEDE LA ASAMBLEA LEGISLATIVALA FACULTAD PARA CREAR LIMITES
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TERRITORIALES DETERMINAR to RELATIVO A su RÉGIMENT FUNCIÓN, ESTA
APROBO LEGISLACION PARA MODIFICAR LOS LIMITES TERRITORIALES DEL
MUNICIPIO DE YAUCO, PARA INCLUIR DENTRO DE su PURISDICCION AL
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8
SECTOR LA CRUZ DEL MUNICIPIO DE GUAYANILLA LA CUAL FUE FIRMADA
POR EL GOBERNADOR COMO LA LEY NÚMERO 90 DEL 16DE JULIODE 2010.
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A TENOR CON LAS DISPOSICIONES DE LAS LEYES NÚM. 68 DELT DE MAYO DE
San German
1945 NUM. 75 DEL 24 DE JUNIO DE 1975 NUM. 70 DEL 11 DE AGOSTO DE 1988
SEGUN ENMENDADAS, ESTA JUNTA ADOPTA EL MAPA OFICIAL DEL MUNICIPIO
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DE YAUCO EN SU REUNION DEL 6 DE SEPTIEMBRE DE 2012, MEDIANTE
LA RESOLUCIÓN NUM. JP 2012 60 .. MLT
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Collores
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RUBEN FLORES MARZÁN
MARIA CORDILLO PÉREZ
1
PRESIDENTE
VICEPRESIDENTA
Sabana Grande
Yauco
Aleangobo
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EXCUSADO
EXCUSADO
Ede:
MANUEL CARDONA MARTINEZ
LESUE ROSADO SANCHEZ
EDGAR K LEBRIÓN RIVERA
3
MIEMBRO ASOCIADO
Certify
MIEMBRO ASOCIADO
MIEMBRO ALTERNO
Peñucias
Americano
Susda Alta
glubrades
**
CERTIFICADO POR:
-
@
3
LOIDA SOTO NOGUERAS
14
SECRETARIA
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America Bale
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LA FORTALEZA
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Jacana
Guayanilla
PUERTO RICO
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A TENOR CON LAS DISPOSICIONES DE LAS LEYES NÚM. 65 DEL 7 DE MAYO DE
*
1945, NUM. 75 DEL 24 DE JUNIO DE 1975 NOM. 170 DEL 12 DE AGOSTO DE 1988,
SEGUN ENMENDADAS. POR LA PRESENTE YO, LUIS FORTUÑO BURSET, GOBER
NADOR DE PUERTO RICO, APRUEBO EL MAPA OFICIAL DEL MUNICIPIO DE YAUCO.
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BOLETÍN ADM NÚM.
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CERTIFICADO POR:
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LIMIS FORTUNO BURSET
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GOBIERNADOR
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KENNETH McCUNTOCK
SECRETARIO DE ESTADO
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LEYENDA
Mapa Indice
Guánica
+
©
@
@
Limite Municipal
3
Limite de Barrio
3
8
@
13
MAR CARIBE
0
1000
2,000
4,000
Metros
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