Regl. 8477, art. V

Comité de Propiedades

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Cite as Reglamento Núm. 8477, Art. V

A. Se establece el Comité de Propiedades del Banco. El Comité tendrá competencia para atender los asuntos relacionados a la adquisición de Propiedades Tipo B, según sea autorizado en el Artículo XIII de este Reglamento; la disposición de todas las Propiedades Tipo A y B, según el Artículo IX de este Reglamento; y aquellos asuntos relacionados al arrendamiento y administración de las propiedades, según autorizados en los Artículos X y XI, respectivamente, de este Reglamento. B. El Comité estará compuesto por los siguientes oficiales del Banco: el Presidente 0 su representante designado, el Vicepresidente Ejecutivo y Director de Administración, Operaciones y Contraloría, el Contralor, un representante de la Oficina de Asesoramiento Legal, quien será elegido por el Asesor Legal General del Banco, y tres oficiales designados por el Presidente, los que servirán por término indefinido hasta que renuncien 0 sean sustituidos por el Presidente. C. Cuatro miembros del Comité constituirán quórum para todos los trámites que éste realice. Las decisiones y recomendaciones tomadas al amparo de este Reglamento se harán por una mayoría simple de los miembros del Comité. Ninguna vacante afectará o invalidará el derecho a ejercer todos los poderes y desempeñar todas las obligaciones del Comité. D. El Comité celebrará reuniones para discutir los asuntos concernientes y tomará las determinaciones correspondientes. Los miembros del Comité podrán participar en cualquier reunión del Comité, mediante conferencia telefónica u otro medio de 3 BANCO GUBERNAMENTAL DE FOMENTO PARA BGF PUERTO RICO Reglamento para la Adquisición, Administración y Disposición de Propiedades Muebles e Inmuebles del BGF comunicación a través del cual todos los participantes puedan escucharse simultáneamente. Cualquier acción permitida en cualquier reunión del Comité, será autorizada sin que medie una reunión, siempre y cuando todos los miembros del Comité den su consentimiento escrito. En tal caso, el documento escrito constará en el récord del Comité. Cuando se lleven a cabo reuniones mediante consentimiento, sin que medie una reunión del Comité, el Contralor, como custodio de los expedientes oficiales de las propiedades, 0 el oficial que éste designe, preparará una certificación con los resultados obtenidos y firmará esta certificación como correcta. Esta certificación formará parte del archivo del Comité. E. En aquellos casos en que la disposición de la propiedad requiera aprobación de la Junta de Directores de acuerdo a lo establecido en el Artículo IX.A.1, el Comité deberá referir la oferta seleccionada a la Junta de Directores cuando entienda que obtuvo la mejor oferta posible como resultado de una negociación con el posible comprador. F. El Comité deberá recomendar a la Junta de Directores todos aquellos términos y condiciones que considere necesarios y apropiados para salvaguardar los mejores intereses del Banco. G. Una vez la Junta de Directores apruebe la disposición de una propiedad, el Comité podrá actuar en subsiguientes negociaciones de acuerdo a los términos y condiciones aprobados por la Junta de Directores. En tales subsiguientes negociaciones, el Comité podrá tomar toda aquella determinación dirigida a disponer de la propiedad, siempre y cuando no esté en contravención con lo establecido por la Junta de Directores. El Comité podrá delegar en un oficial del Banco el liderar las negociaciones con la parte oferente. H. Se deberá preparar una minuta o acta de toda reunión del Comité. Éstas deberán detallar los miembros presentes y ausentes durante la reunión, un resumen de las discusiones sobre los asuntos atendidos y las determinaciones que se adopten. También incluirá como anejos todos aquellos documentos discutidos durante la reunión. Toda acta final deberá estar suscrita por los miembros presentes y se mantendrán en el archivo del Comité. 4 BANCO GUBERNAMENTAL DE FOMENTO PARA BGF PUERTO RICO Reglamento para la Adquisición, Administración y Disposición de Propiedades Muebles e Inmuebles del BGF
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