Regl. 8603, art. 3
Propósito
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Cite as Reglamento Núm. 8603, Art. 3
El propósito de este Reglamento es implementar los Artículos 28 y 33 al 35 de la Ley
Núm. 77 de 1 de julio de 2014, según enmendada. Mediante este Reglamento se establecen los
procesos administrativos, criterios, reglas, requisitos, funciones, obligaciones y derechos, por los
cuales debe regirse toda Persona que interese mantener o renovar sus Licencias para Máquinas
de Entretenimiento de Adultos, así como también interese obtener o renovar las Licencias para
Dueños, Operadores, Dueños de Negocio y Empresas de Servicios de Máquinas de
Entretenimiento de Adultos. Además, establece los procedimientos operacionales y de
fiscalización que deberán seguir la Compañía de Turismo y su Director Ejecutivo al adjudicar
dichas Licencias. Asimismo, este Reglamento tiene el propósito de regular el manejo de dichas
Licencias y establecer las penalidades que se podrán imponer a cualquier Persona que incumpla
con las disposiciones de la Ley y de este Reglamento.