Regl. 8603, art. 47 dup2
Coordinación interagencial
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Cite as Reglamento Núm. 8603, Art. 47 dup2
a.
El Director Ejecutivo de la Compañía establecerá con el Secretario del
Departamento de Hacienda, el Departamento de Justicia, la Policía de Puerto Rico
o cualquier otra entidad gubernamental, incluyendo con los Municipios, todo tipo
de acuerdos para implementar las disposiciones de la Ley y este Reglamento.
b.
El inciso a. considera además, la intervención coordinada de los Agentes
Inspectores de la Compañía, los agentes de rentas internas del Departamento de
Hacienda y agentes del orden público, en las inspecciones e intervenciones con
los Negocios que posean Máquinas de Entretenimiento de Adultos.
c.
Asimismo, el Director Ejecutivo establecerá acuerdos con los gobiernos
municipales y cualquiera otra agencia estatal 0 federal para fiscalizar y velar por
el cumplimiento de la Ley y este Reglamento.
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