Regl. 8640, art. 10-10.15 dup2
Derechos a pagar
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Cite as Reglamento Núm. 8640, Art. 10-10.15 dup2
A.
Los derechos a pagar por la solicitud inicial o de renovación de Licencia de Empleado
serán determinados por la División basándose en la posición que ocupa el empleado;
disponiéndose que tales derechos serán de $50 por una Licencia de Empleado, $130 por
una Licencia de Supervisor y $500 por una Licencia de Empleado Principal. No obstante
lo anterior, la División podrá pedir que el solicitante pague derechos adicionales para
sufragar el costo de la investigación.
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B.
Las licencias de todos los solicitantes vencerán en la fecha de nacimiento del solicitante. A
fines del licenciamiento, se les cobrará a todos los solicitantes el monto total de los
derechos antes mencionados.