Regl. 8640, art. 10-10.3 dup2
Alcance y aplicabilidad del licenciamiento de personas naturales
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Cite as Reglamento Núm. 8640, Art. 10-10.3 dup2
A.
Al determinar si una persona natural que provea servicios a un Concesionario debe poseer
una Licencia de Empleado, se presumirá que dicha persona deberá poseer una Licencia de
Empleado si los servicios provistos por esa persona se caracterizan por cualquiera de los
siguientes factores, siendo éstos indicativos de que existe una relación de empleo:
1) La persona natural supervisará directamente a uno o más empleados del
Concesionario por un perÃodo de tiempo que no está relacionado con ningún
proyecto especÃfico o por un perÃodo de tiempo indefinido;
2) El Concesionario le retendrá impuestos locales y federales 0 hará las deducciones
regulares para seguro por desempleo, seguro social, o cualquiera de las otras
deducciones de los pagos hechos a la persona natural requeridas por ley;
3) La persona natural tendrá la oportunidad de participar en cualquier plan de
beneficios que ofrece el Concesionario a sus empleados, incluyendo, pero sin
limitarse a, los planes de salud, seguros de vida o planes de pensiones;
4) La persona natural no mantendrá un negocio autónomo durante el tiempo que rinda
los servicios al Concesionario, ni solicitará o proveerá servicios a otros clientes, ni
practicará un oficio o profesión a menos que no sea para beneficio del
Concesionario de la sala de juegos; o
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5)
La persona natural tiene una solicitud de Licencia de Empleado pendiente en la
CompañÃa o someterá dicha solicitud durante el tiempo que preste los servicios al
Concesionario, y el costo de la licencia ha sido o será pagado o reembolsado por el
Concesionario.
B.
La CompañÃa podrá, luego de considerar los factores en el párrafo (A) de esta sección y
cualquier otra información pertinente, requerir a la persona natural que obtenga una
Licencia de Empleado antes de proveer o continuar proveyendo cualquier servicio a un
Concesionario aunque exista un acuerdo en contrario entre el Concesionario y la persona
natural.