Regl. 8640, art. 11-11.20 dup2
Lista maestra de proveedores
Length: 199 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8640, Art. 11-11.20 dup2
A.
La División mantendrá una lista maestra de proveedores en la que figuren todos los
proveedores que hagan negocios con Concesionarios en Puerto Rico.
B.
La División mantendrá una lista maestra de proveedores aprobados, en la que figurarán
todos los proveedores con licencia temporal o permanente para realizar transacciones
comerciales con Concesionarios.
C.
Todo Concesionario tendrá la responsabilidad de suministrar a la División, al final de cada
mes, una lista de los proveedores que hagan negocios con el Concesionario, a fin de que se
determine qué proveedores tendrán que solicitar licenciamiento como empresa de servicio
de casino. En dicha lista figurará el nombre de la empresa y la cantidad pagada a los
proveedores durante el perÃodo mensual. La División utilizará esa información para
determinar a qué empresa se le exigirá que solicite licencia de proveedor de servicios a
177 -
casinos. La División llevará a cabo las investigaciones obligatorias de licencia de empresa
de servicio respecto a las empresas proveedoras de servicio que se ciñan a los criterios
sentados en la Sección 11.20(F) de este Reglamento y a quienes se exige cualificar
conforme a las cualificaciones de licenciamiento que figuran en las Secciones 11.9 y 11.10
de este Reglamento.