Regl. 8640, art. 1-1.1

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Cite as Reglamento Núm. 8640, Art. 1-1.1

En virtud de la facultad conferida a la Compañía de Turismo de Puerto Rico por su ley habilitadora, Ley Núm. 10 de 18 de junio de 1970, según enmendada; el Artículo 4, inciso J del Plan de Reorganización Número 4 de 22 de junio de 1994 que crea el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio; la Ley de Juegos de Azar, Ley Núm. 221 de 15 de mayo de 1948, según enmendada; y de acuerdo con la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, se deroga el Reglamento de Juegos de Azar de Puerto Rico, Reglamento Núm. 7105, radicado en el Departamento de Estado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico el 13 de marzo de 2006, y se promulga el siguiente Reglamento de Juegos de Azar de la Compañía de Turismo de Puerto Rico.
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