Regl. 8640, art. 1-1.1
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Cite as Reglamento Núm. 8640, Art. 1-1.1
En virtud de la facultad conferida a la CompañÃa de Turismo de Puerto Rico por su ley
habilitadora, Ley Núm. 10 de 18 de junio de 1970, según enmendada; el ArtÃculo 4, inciso J del
Plan de Reorganización Número 4 de 22 de junio de 1994 que crea el Departamento de
Desarrollo Económico y Comercio; la Ley de Juegos de Azar, Ley Núm. 221 de 15 de mayo de
1948, según enmendada; y de acuerdo con la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según
enmendada, se deroga el Reglamento de Juegos de Azar de Puerto Rico, Reglamento Núm. 7105,
radicado en el Departamento de Estado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico el 13 de marzo
de 2006, y se promulga el siguiente Reglamento de Juegos de Azar de la CompañÃa de Turismo
de Puerto Rico.